Suprimida la libertad en las Islas Salomón
EN TIEMPOS antiguos se alzó una voz para proclamar libertad por toda la tierra de Israel. Era una proclamación bienvenida. Jehová Dios fué el autor de las palabras históricas que se hallan en Levítico 25:10: “Santificaréis pues el año quincuagésimo, y proclamaréis en la tierra libertad a todos sus habitantes.” Estas palabras estaban incluídas en la ley del jubileo que prometía cosas buenas para Israel.
En estos días se oyen voces que se oponen al principio de la libertad. Mientras que la demandan para sí mismas, se la niegan a otros. Malo es que traten de acabar con la libertad de cultos los que son reconocidos como dictadores. Pero ¿qué hay de los que profesan ser defensores y sostenedores de libertades tradicionales pero que proscriben literatura bíblica, privando a otros del acceso libre a publicaciones religiosas esenciales a su bienestar espiritual? ¿Podemos disculparlos sólo porque no son tan despiadados en sus métodos? Puesto que ellos aseveran ruidosamente que todo el mundo tiene el derecho de creer lo que quiera, leer lo que escoja y decir lo que piense, particularmente en asuntos religiosos, ¿no son más reprensibles al hacer proclamaciones que resultan en parcialidad religiosa?
Teniendo presentes estos puntos, considere este ejemplo reciente de supresión de libertad. Fué el 23 de marzo de 1956 que hizo una proclamación Juan Gutch, alto comisionado para el Pacífico occidental, prohibiendo que las publicaciones impresas por la Sociedad Watch Tówer Bible and Tract, según se exponían en una lista que acompañaba la proclamación, fueran importadas al Protectorado británico de las islas Salomón. Casi todas las publicaciones de fecha reciente de la Sociedad estaban en la lista, inclusos su periódico oficial La Atalaya y la revista ¡Despertad!
Durante más de setenta años la literatura de la Watch Tówer ha sido distribuída por todas partes. Hoy día la Sociedad publica varias ediciones y traducciones de la Biblia, junto con ayudas bíblicas en la forma de libros, folletos y revistas, todos los cuales se leen y se aprecian en sumo grado por millones de personas-ricos y pobres, de todo color, que representan veintenas de nacionalidades y están en más de 160 diferentes países e islas del mar.
No obstante, estas publicaciones aparentemente se consideran sediciosas en las islas Salomón, ¡aunque tienen circulación libre en otras posesiones británicas!
Para bloquear el flujo de la verdad bíblica a los habitantes melanesios, se recurrió a la sección 8 de la Ordenanza de Sedición, que lee: “Si el alto comisionado opina que la importación de cualquier publicación sería en contra del interés público, él puede, en su discreción absoluta, prohibir por medio de Proclamación la importación de tal publicación, y en el caso de una publicación periódica, puede, mediante la misma Proclamación o una subsiguiente, prohibir la importación de cualquier número ·pasado o futuro de ella.”
Cualesquiera que sean las razones que se ofrezcan en defensa de la acción del alto comisionado, parece muy claramente ser asunto de prejuicio religioso. Ciertamente no tiene nada que ver con la seguridad de las islas Salomón, ni puede considerarse en contra del interés público el recibir y estudiar las ayudas bíblicas de la Sociedad Watch Tówer.
El aplicar una ordenanza de esta clase para prohibir literatura religiosa es un abuso de los poderes administrativos. Relega la libertad de cultos a un control rígido que depende de la discreción de un solo hombre. A individuos o grupos que no sean de su gusto se les pueden negar derechos personales que implican la adoración religiosa. Al dejarse al antojo de un oficial que ejerce tales poderes, la libertad viene a ser un artículo de comercio que él puede repartir a su gusto o negar según se le antoje. Al aplicar a tal extremo la ordenanza, se suprimió la libertad en el Protectorado.
No muchos días después de dada la proclamación, se manifestó su intento malicioso. Se le negó la libertad a una persona. La víctima era súbdito británico y el único testigo europeo de Jehová en el territorio. Naturalmente, él había compartido con otros sus creencias. A medida que se ofrecía la oportunidad él pudo dejar Biblias y otra literatura con personas interesadas. No sabiendo que un edicto había declarado indeseable la literatura de la Sociedad, quedó muy sorprendido cuando, el 5 de abril de 1956, la policía le presentó una citación.
Tuvo que comparecer la mañana siguiente en la corte. Se le acusó ·de tener en su posesión literatura sediciosa y subsecuentemente fué multado. Pero eso no fué todo. En seguida fué acortada su libertad de movimiento, puesto que la policía le dijo que tendría que abandonar el Protectorado en el primer avión que saliera. Lo acosaron con visitas periódicas, por temor de que se escondiera.
De nuevo se abusó de la libertad de cultos como un mes más tarde. Un isleño nativo de las islas Salomón sufrió la confiscación de sus libros de estudio publicados por la Watch Tówer. Al ser encausado se le multó a él también. Esta persona de buena voluntad sintió profundamente la pérdida que sufrió. Escribiendo a la sucursal de la Sociedad en Australia expresó el deseo de recibir ayuda espiritual y dijo que muchas personas allí necesitan a los testigos de Jehová porque quieren conocimiento correcto acerca del único Dios verdadero. Duele cuando los oficiales estorban adoración tan concienzuda como ésta.
Las violaciones notorias de las libertades fundamentales no sólo despiertan sentimientos profundos; provocan pensamiento serio. ¿Es consistente el que tal prohibición permanezca en vigor en un Protectorado británico donde debe haber libertad de cultos? ¿Puede decirse que va de acuerdo con los propósitos delineados en la carta de las Naciones Unidas que trata de los derechos humanos y las libertades fundamentales, los cuales toda persona ha de disfrutar sea cual fuere su raza, credo, color o posición social? ¿Cree el alto comisionado que las islas Salomón están fuera de la órbita de las ’naciones libres’ y por eso que él está libre de la obligación moral de preservar la libertad?¿ Es Protectorado sólo en nombre? Estas son algunas de las preguntas urgentes que han surgido.
¿Cómo las afrontarán y las contestarán los oficiales?