Preguntas de los lectores
● En Números 8:25, 26, concerniente a los levitas que servían en la casa de la adoración de Jehová, leemos: “Pero después de la edad de cincuenta años él se retirará de la compañía de servicio y ya no servirá más. Y debe ministrar a sus hermanos en la tienda de reunión al cuidar de la obligación, pero no debe rendir servicio. De acuerdo con esto harás a los levitas en cuanto a sus obligaciones.” Puesto que los ministros nombrados entre los testigos de Jehová en la tierra hoy no se retiran de su servicio sea cual fuere la edad de ellos, ¿hasta qué grado es aplicable en el tiempo actual el principio de esta ley considerada de Jehová que aquí se cita?
En la antigua nación de Israel había tres familias principales de levitas. Todos los varones de éstas que llenaban los requisitos servían como ayudantes a los sacerdotes de Jehová en su santo tabernáculo o templo. Con el transcurso del tiempo, como Jehová mismo previó, estas familias levitas se hicieron muy numerosas en cuanto a varones que eran elegibles para servicio en su santuario del templo. El número de puestos de servicio que había para ellos en el santuario del templo estaba limitado. Para hacer provisión para que todos los levitas tuvieran parte en gozar de estos privilegios de servicio por fin se hizo necesario que el rey David dividiera todos los levitas en veinticuatro grupos, asignándosele a cada grupo o división una semana de servicio en el templo cada medio año, o un total de dos semanas en un año completo, además de servir juntos todos los levitas en las fiestas especiales, tres veces al año, en Jerusalén. Sin duda no fué solamente por consideración a su edad, sino para evitar el atestamiento de tales puestos que Jehová Dios instruyó en la ley citada arriba que los que llegaran al fin de su quincuagésimo año de edad se retiraran del servicio obligatorio. Podían ayudar voluntariamente a los que aún eran elegibles para servir en el templo, pero a ellos mismos no se les daba ninguna asignación directa ni se les consideraba responsables de cumplir con ninguna. Aunque estuvieran retirados del servicio asignado ellos todavía recibían el beneficio de las ofrendas sacrificatorias que los israelitas hacían y también de los diezmos que pagaban las doce tribus de Israel en apoyo del servicio y adoración en el templo.
Esto no establece ninguna regla para que los ministros asignados de Jehová en su templo espiritual hoy en día se retiren de la predicación o de cualquier otro servicio ministerial. Los israelitas espirituales o cristianos, que son ungidos con el espíritu santo de Dios para su servicio, no están bajo la ley mosaica que aplicaba antiguamente a la nación del Israel natural. Desde los días de Cristo el Mediador, los israelitas espirituales están bajo un pacto nuevo con Jehová Dios.
Ahora bien, respecto a los sacerdotes de Israel, éstos no se retiraban al final de su quincuagésimo año, y el sumo sacerdote mismo servía en su oficio santo hasta la muerte si continuaba capaz. En realidad, el primer sumo sacerdote de Israel, Aarón el hermano de Moisés, fué escogido para servicio a los ochenta y tres años de edad, y sirvió durante casi cuarenta años después de eso. Al principio de la era cristiana un israelita espiritual, el apóstol Juan, se acercaba a los cien años de edad cuando escribió cinco libros inspirados de la Santa Biblia y completó el canon de las Sagradas Escrituras.
No existe para el cristiano esta práctica de que se le retire del servicio de Jehová a los cincuenta años de edad, así como no se le quita su unción con el espíritu santo de Dios para predicar la Palabra de Dios cuando cumple cincuenta años de edad. Hoy el campo es el mundo, el globo entero; y estas buenas nuevas del reino de Dios establecido tienen que predicarse en toda la tierra habitada para dar un testimonio a todas las naciones antes que venga el fin de este viejo mundo. En virtud de su dedicación a Jehová Dios para hacer su voluntad para siempre, los testigos de Jehová hoy en día están bajo obligación de continuar en el cumplimiento de su comisión de predicar las buenas nuevas del reino de Dios hasta que la obra de dar el testimonio quede terminada. No hay precedente bíblico para retirarlos del servicio, aun después que hayan servido cincuenta años, y entonces otorgarles una pensión. Si la vejez o los años avanzados incapacitan para cierta clase de responsabilidad a un cristiano dedicado, entonces se le puede trasladar a otra forma de servicio que él pueda desempeñar. Las obligaciones que su dedicación a Dios le imponen no le permiten ser aliviado de todas las responsabilidades y privilegios de servicio y ser jubilado después de eso para vivir cómodamente de una pensión, para llegar a ser una pura carga monetaria sobre una congregación o sobre la organización que superentiende la sociedad del nuevo mundo de testigos de Jehová.