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Guárdese de pensamientos no amablesLa Atalaya 1973 | 15 de diciembre
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Los pensamientos no amables también resultan de ser muy criticones, esperando demasiado de otros. Es bueno comprender que lo que quizás nos parezca pequeño e insignificante a nosotros puede representar una gran victoria o logro de parte de otro. En hogares donde hay “brecha entre generaciones,” ¿no se debe en gran manera a que los padres están criticando demasiado a sus hijos, y los hijos están criticando demasiado a sus padres? Ellos podrían aprender mucho del proverbio turco: “Aquel que busca un amigo sin defecto se quedará sin ninguno.”
Especialmente hay necesidad de que los viajeros se cuiden de pensamientos no amables, indebidamente criticones cuando visiten países extranjeros. Es posible que las escenas y las costumbres extrañas hagan que uno compare desfavorablemente lo que ve con las condiciones en su propio país. En cambio, ¿no sería mejor ejercer empatía, poniéndose uno en el lugar de otros, por decirlo así? Al proceder así, uno podrá ser indulgente, reconociendo a qué grado la gente es víctima de las circunstancias. Teniendo el punto de vista correcto, uno sinceramente puede admirarlas por lo que pueden lograr en las condiciones existentes.
Aprenda a disfrutar de lo que otros hacen al notar sus puntos buenos en vez de estar demasiado consciente de sus faltas. No sea como la persona tonta que, notando que un orador repetía cierta expresión, se puso a contar cuántas veces la usaba el orador. ¡Cuánto más se habría beneficiado del discurso si se hubiera concentrado en los argumentos presentados y si hubiera apreciado la sinceridad del orador!
Por eso, para su propio bien y en el interés de las buenas relaciones con otras personas, guárdese de pensamientos no amables. En cambio, preste atención al consejo inspirado: “Finalmente, hermanos, cuantas cosas sean . . . amables, cuantas sean de buena reputación, cualquier virtud que haya y cualquier cosa que haya digna de alabanza, continúen considerando estas cosas.”—Fili. 4:8.
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Preguntas de los lectoresLa Atalaya 1973 | 15 de diciembre
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Preguntas de los lectores
● Si un cristiano comete adulterio, se arrepiente y confiesa su pecado al comité judicial de la congregación cristiana, ¿también tiene que dar a conocer su adulterio a su cónyuge aunque esto lastime al cónyuge profundamente?—EE. UU.
Sí, el cristiano está obligado a dar a saber su transgresión al cónyuge inocente antes que los miembros del comité judicial puedan reconocer como genuino su arrepentimiento declarado. El adulterio es una contaminación del lecho conyugal y es de suficiente seriedad como para permitir que el cónyuge inocente obtenga un divorcio y esté libre de acuerdo con la Biblia para contraer segundas nupcias. (Mat. 19:9) Por consiguiente, el cónyuge inocente tiene todo derecho de saber lo que ha sucedido.
En realidad, no es la confesión, sino el adulterio lo que lastima al cónyuge inocente. Por esta razón el cónyuge adúltero debería haber considerado seriamente los malos efectos del adulterio con anticipación y no haber cedido a la tentación. Después de haberse cometido el adulterio es demasiado tarde para ponerse a pensar en cuanto a proteger de daño al cónyuge inocente.
Aunque el cónyuge inocente naturalmente se sentiría lastimado al enterarse del adulterio, esto no necesariamente significa el fin del matrimonio. Al oír la confesión sincera y súplica por perdón, él o ella quizás decida perdonar al cónyuge adúltero. Además, la confesión suministra la oportunidad para que tanto el esposo como la esposa echen un vistazo serio a su matrimonio y consideren lo que pudiera hacerse para lograr mejoramiento y evitar una repetición del mal. Quizás el cónyuge inocente hasta haya contribuido a la infidelidad de su cónyuge. Si, por ejemplo, la esposa ha privado deliberadamente a su esposo del débito conyugal, ella tendrá que asumir cierta responsabilidad por lo que ha sucedido. Ella no se halla del todo sin culpa desde el punto de vista de Dios, pues la Biblia exhorta: “Que el esposo rinda a su esposa lo que le es debido; pero que la esposa haga lo mismo también a su esposo. . . . No estén privándose de ello el uno al otro, a no ser de común acuerdo por un tiempo señalado,
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