CUSTODIA
Acción de guardar algo con cuidado y vigilancia; persona o escolta encargada de custodiar a un preso.
La ley bíblica más explícita sobre las responsabilidades del custodio se encuentra en Éxodo 22:10-13, que trata de los animales que se confían a otra persona. Dice esta ley, que debió basarse en una ley patriarcal anterior (Gé 31:39): “En caso de que un hombre diera a su prójimo [...] cualquier animal doméstico para que se lo guardara, y este de veras muriera o se lisiara o se lo llevaran cuando nadie estuviera mirando, [...] el otro no ha de dar compensación. Pero si en efecto le hubieran sido hurtados, ha de dar compensación al dueño de ellos. Si de hecho fuera desgarrado por una fiera, ha de traerlo como evidencia. Por algo que haya desgarrado una fiera no ha de dar compensación”. (Compárese con Gé 30:31.)
Cuando un pastor se comprometía a guardar o vigilar un rebaño, aceptaba legalmente la custodia de esos animales. Garantizaba al dueño que se les alimentaría y que no serían robados; en caso de que esto ocurriera, pagaría una compensación. Sin embargo, su responsabilidad no era absoluta, pues la ley supracitada absolvía al guardián de responsabilidad si intervenían factores que se escapaban al control humano, como el ataque de bestias salvajes. De todos modos, para que se exonerara al custodio de responsabilidad, tenía que presentar pruebas al dueño, como, por ejemplo, el cuerpo desgarrado del animal. Después de examinar las pruebas, el dueño debía declarar inocente al custodio.
El mismo principio aplicaba en general a cualquier propiedad que se confiaba a otra persona, incluso en lo que tenía que ver con las relaciones familiares. Por ejemplo, se consideraba al hermano mayor el guardián legal de sus hermanos y hermanas menores. Esto ayuda a entender la preocupación del primogénito Rubén por la vida de José cuando los demás hermanos hablaron de matarlo, según se registra en Génesis 37:18-30: “Por eso dijo: ‘No hiramos mortalmente su alma’. [...] ‘No viertan sangre. [...] no pongan sobre él mano violenta’. Era su propósito librarlo de la mano de ellos a fin de devolverlo a su padre”. Y cuando Rubén descubrió la ausencia de José, fue tal su ansiedad, que “rasgó sus prendas de vestir” y exclamó: “¡El niño ha desaparecido! Y yo... ¿adónde realmente he de ir yo?”. Sabía que se le podía considerar responsable de la pérdida de José. Para evitar tal responsabilidad, los hermanos astutamente prepararon una prueba falsa de que una fiera había despedazado a su hermano. Metieron la prenda de vestir de José en sangre de cabra y luego se la presentaron a Jacob, su padre y juez patriarcal, quien absolvió a Rubén de cualquier responsabilidad porque la prueba presentada le llevó a la conclusión de que una fiera había matado a José. (Gé 37:31-33.)
En Gálatas 3:19-25 se hace una aplicación espiritual de los términos “guardar” y “custodia”. Pablo dice que la Ley puso de manifiesto las transgresiones y que “la Escritura entregó todas las cosas juntas a la custodia del pecado”, pero continúa: “Sin embargo, antes que llegara la fe, estábamos guardados bajo ley, entregados juntos en custodia, esperando la fe que estaba destinada a ser revelada”. Con estas palabras puso de relieve que el Israel natural estaba en custodia espiritual, guardado por la Ley, hasta que llegara la fe en Cristo.
En algunas ocasiones la Biblia emplea el término “custodia” con referencia a la detención de una persona. Un ejemplo es el caso del medio israelita que injurió el nombre de Jehová en el campamento de Israel. Después que transgredió la Ley, el relato dice: “Entonces lo pusieron en custodia hasta que se les hiciera una declaración precisa conforme al dicho de Jehová”. (Le 24:10-16, 23.) Israel no acostumbraba a mantener en custodia a los delincuentes durante mucho tiempo, porque la justicia debía ejecutarse con prontitud. (Jos 7:20, 22-25.) Sin embargo, en este caso, como en el del hombre que violó el sábado (Nú 15:32-36), se esperaba una aclaración de la Ley, pero tan pronto como se conoció el dicho de Jehová al respecto, se ejecutó la sentencia sin dilación. De igual manera, a Pedro y los demás apóstoles se les puso en custodia, aunque injustamente, a la espera de ser juzgados ante el Sanedrín al día siguiente. (Hch 4:3; 5:17, 18.) Las Escrituras también dicen que a Jeremías se le puso en custodia injustamente, pues fue en realidad un encarcelamiento y no una detención para un juicio posterior. (Jer 37:21.)