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La Atalaya. Anunciando el Reino de Jehová 1955
w55 15/7 págs. 446-447

Preguntas de los lectores

● Pablo dijo que un hermano cristiano no debe comparecer ante los tribunales de justicia contra otro hermano cristiano, sino que debe llevar la controversia ante los hermanos maduros de la congregación para que ellos la decidan. Pero, ¿qué hay si uno está defraudando a otro de tal manera que causa daño extremo a la víctima y el ofensor rehusa cumplir con la decisión de los representantes de la congregación?—G. S., Estados Unidos.

Pablo escribió a los corintios: “¿Se atreve alguno de ustedes que tiene un caso contra otro ir al tribunal ante hombres injustos, y no ante los santos? ¿O no saben ustedes que los santos juzgarán al mundo? Y si el mundo ha de ser juzgado por ustedes, ¿son ustedes incapaces de juzgar asuntos muy triviales? ¿No saben ustedes que juzgaremos a ángeles? Entonces, ¿por qué no las cosas de esta vida? Si, pues, tienen asuntos de esta vida que han de ser juzgados, ¿es a los hombres que son despreciados en la congregación a quienes nombran como jueces? Hablo para hacerles sentir vergüenza. ¿Es verdad que no hay ni un solo hombre sabio entre ustedes capaz de juzgar entre sus hermanos, sino que hermano va con hermano a los tribunales, y eso ante los incrédulos? En verdad, pues, significa una derrota completa para ustedes el que estén teniendo pleitos los unos contra los otros. ¿Por qué no dejan más bien que les hagan injusticias? ¿Por qué no dejan más bien que los defrauden? Al contrario, ustedes cometen injusticias y defraudan, y eso a sus hermanos.”—1 Cor. 6:1-8, NM.

Si hay hermanos cristianos envueltos en controversia sobre asuntos monetarios que son de proporciones tan graves como para considerar un pleito en los tribunales, deben llevar su problema a los hermanos maduros de la congregación para que se lleve a cabo un juicio entre ellos más bien que comparecer ante un tribunal mundano y dejar que el mundo los vea en querella sobre asuntos de dinero. Eso haría daño a la reputación de la organización cristiana, el hacer públicos tales asuntos e indicar al mundo que el espíritu cristiano no está presente. Más bien que traer oprobio de esta clase a la organización, Pablo sostiene que sería mejor dejarse defraudar. Si los hermanos han de juzgar al mundo y a ángeles, cuando estén asociados con Cristo Jesús en los cielos, ¿acaso no son capaces de juzgar asuntos triviales entre ellos mismos, sin necesidad de llamar a los incrédulos, hombres despreciados por la congregación, para que éstos resuelvan sus problemas? El que tuvieran que salir al mundo para conseguir que tales hombres juzgaran sus asuntos más bien que resolverlos dentro de la congregación en verdad sería una derrota burlona para la congregación. ¡Mejor sería ser defraudado que dejar que eso sucediera!

Pero ¿qué hay si el caso se ha traído ante los representantes de la congregación y se ha probado definitivamente que uno de los altercantes ha obrado mal, se ha dado evidencia de su culpabilidad y de que ha obrado un fraude perjudicial contra un hermano, y a pesar de todo el culpable no quiere aceptar la decisión de la congregación y no quiere reintegrar la cantidad que ha estafado? Cuando la evidencia es segura y convincente la congregación no puede pasarla por alto, sino que tiene que expulsar al que es ladrón. Respecto a esto Pablo dijo que un ladrón, entre otros ofensores, no heredaría el reino de Dios; tampoco tiene derecho alguno de estar en la congregación cristiana en la tierra. (1 Cor. 6:9, 10) De modo que cuando la evidencia es concluyente y el ofensor no demuestra ningún arrepentimiento ni la inclinación a reintegrar el dinero, debe ser expulsado.

Hecho esto el ladrón expulsado se encuentra fuera de la congregación. Ya no es hermano. Ya no tienen que ver con él las instrucciones de Pablo en 1 Corintios 6:1-6. El que el ofendido que todavía se encuentra como miembro de la congregación llevara al defraudador ante los tribunales de justicia no constituiría una violación del consejo de Pablo, porque ya no sería un caso de hermano contra hermano en el tribunal, y eso es lo que Pablo prohibía. Si acaso el ofendido querrá hacer esto, o si valdría la pena ocupar su tiempo y sufrir la molestia y el gasto de un juicio, es otro asunto y uno que él mismo tendría que decidir individualmente. La responsabilidad de la congregación en el asunto termina con el acto de expulsión.

El proceder de llamar a los hermanos maduros para que ellos den una decisión cuando hay dificultades que causan división entre hermanos, de acuerdo con el consejo que Pablo da aquí, coincide con el consejo que dió Jesús: “Además, si su hermano comete un pecado, vaya y descubra su falta entre usted y él a solas. Si él le escucha, usted ha ganado a su hermano. Pero si no le escucha, lleve consigo a uno o dos más, para que por boca de dos o tres testigos todo asunto pueda establecerse. Si él no les escucha, hable a la congregación. Si él no escucha ni siquiera a la congregación, que él sea para usted como un hombre de las naciones y como un recaudador de impuestos.” (Mat. 18:15-17, NM) Si el pecado es grave y no puede ser pasado por alto, haga lo posible por resolverlo con el hermano pecador primero. Si esto no sale bien, lleve consigo a dos o tres más. Si esto no da resultados, llame a los representantes de la congregación. Si el pecador, frente a evidencia concluyente de su culpabilidad, no demuestra arrepentimiento por haber cometido una transgresión muy grave y se rebela contra la decisión de la congregación, entonces tiene que ser expulsado y queda “como un hombre de las naciones y como un recaudador de impuestos.” Se le echa de la congregación. Este es el fin lógico del proceder teocrático que se puso en moción cuando se invitó a la congregación para que considerara el caso, tanto en las instrucciones que Jesús dió como en las que Pablo dió.

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