El celibato clerical—pesado en las balanzas
“OBISPO POLACO DEGRADADO.” Así rezaba el titular de un despacho procedente de Varsovia, Polonia, en el Times de Nueva York del 21 de diciembre de 1961. Estaba implicado cierto obispo Rode, quien, “a pesar de la ley del celibato por la cual estaba obligado, osó contraer matrimonio, incurriendo de ese modo la pena de excomunión de acuerdo con el derecho canónigo,” dijo el informe. Rode había disentido antes con la Iglesia Católica Romana de Polonia, había rehusado dar lealtad al Vaticano y le había desafiado por medio de cooperar con los comunistas. Pero no fue por estas cosas que fue excomulgado; fue a causa de haber contraído matrimonio.
Dando la misma clase de énfasis al celibato clerical, el papa actual, Juan XXIII, a principios de 1960, expresó pesar “de que algunas personas hablasen excesivamente acerca de la posibilidad o hasta de la conveniencia, de que la Iglesia Católica renunciara lo que ha sido durante siglos, y todavía sigue siendo, una de las glorias más nobles y más puras de su sacerdocio.”
¿Tiene base bíblica este énfasis en el celibato clerical obligatorio? ¿Cuál es su origen? ¿Cuál ha sido su historia? Al pesarlo en las balanzas, ¿qué efecto se ha visto que ha causado tanto en los sacerdotes como en los legos este énfasis en el celibato clerical obligatorio?
El celibato clerical no tiene apoyo alguno en las Escrituras. Hombres fieles de la antigüedad a quienes se menciona en las Escrituras se casaron. Los sacerdotes levitas tenían que casarse para mantener intacta la línea de sacerdotes. En cuanto a los profetas, tan solo a Jeremías se le mandó que no se casara.—Lev. 21:1, 7, 13, 14; Jer. 16:2.
Llegando hasta el tiempo de Cristo, parece que el matrimonio era general entre los apóstoles, por cuanto Pablo escribió: “Tenemos autoridad para llevar con nosotros a una hermana como esposa, así como los demás de los apóstoles y los hermanos del Señor y Cefas, ¿no es así?” El también declaró que los superintendentes y ayudantes ministeriales deberían ser, no personas obligadas por votos de celibato, sino monógamos, esposos “de una sola mujer.” En realidad, las autoridades católicas romanas están de acuerdo en que la ley de celibato clerical obligatorio es una ley eclesiástica, no una ley bíblica.—1 Cor. 9:5; 1 Tim. 3:2, 12; Tito 1:6.
SU HISTORIA
El celibato clerical tiene sus raíces en el paganismo. Mucho antes de la era cristiana lo practicaban monjes budistas, y las vírgenes vestales constituían un rasgo de la religión antigua de la Roma pagana. Fueron las conquistas por Alejandro las que pusieron a los judíos en contacto con la filosofía y el ascetismo orientales, y uno de los resultados de esto fue el monacato de la secta judía de los esenios. Tanto Mosheim como Neander, dos de los principales historiadores de primeros tiempos postapostólicos, manifiestan que este contagio se esparció en la iglesia cristiana primitiva, trayendo consigo también la distinción entre clero y legos. Esta tendencia, sin embargo, no debería sorprendernos, puesto que tanto Jesús como el apóstol Pablo predijeron que habría una renegación de la verdadera fe.—Mat. 13:24-30, 36-43; Hech. 20:29,30.
Entre otras cosas, esta filosofía pagana enseñaba que toda materia es mala, que la carne del hombre ha de ser detestada y que la liberación de ella ha de realizarse por medio de la transmigración. Enamorados de esta filosofía, algunos cristianos primitivos fueron hasta el extremo de sostener que si Adán no hubiera pecado nunca habría tenido relaciones sexuales con su esposa, ¡sino que Dios habría poblado la Tierra de alguna ‘manera menos reprensible’ que la relación sexual! Por supuesto, semejante punto de vista no solo desprecia al sexo femenino sino que blasfema la sabiduría y bondad de Dios. ¿No había creado él a la primera pareja humana de tal modo que pudieran cohabitar, plantado en ellos una atracción del uno hacia el otro y luego les había mandado: “sean fructíferos y háganse muchos”? Ciertamente. Por lo tanto el dar y recibir los débitos conyugales son motivos para dar gracias, así como lo es el participar de alimento y bebida.—Gén. 1:28; 1 Tim. 4:3.
Sobre la premisa falsa de que el ascetismo imparte piedad, se erigió la estructura imponente del celibato clerical. Parece que lo que abrió la brecha fue el interpretar arbitrariamente el mandato de Pablo de que el superintendente debería ser el marido de una sola mujer como significando que en el caso de que muriera su esposa él no podría volverse a casar.—1 Tim. 3:2; Rom. 7:1-3.
Gradualmente prevaleció la opinión de que una vez ordenado el hombre no había de casarse y luego que solo hombres solteros debieran ser ordenados. El primer concilio eclesiástico en promulgar semejante regla fue el de Elvira, España, en 305 d. de J.C. En el quinto siglo se hizo general la regla.
Así como Tertuliano había alabado las virtudes del celibato en el tercer siglo, de igual modo Gregorio I, “el Magno,” abogaba vehementemente por el celibato clerical en el sexto, y Gregorio VII, Hildebrand, procuró instituir a la fuerza el celibato clerical en el siglo once, adoptando las medidas más enérgicas a ese fin. Entonces a mediados del siglo dieciséis el Concilio de Trento puso fin al asunto de una vez por medio de formular reglas específicas para gobernar el celibato en la Iglesia Católica Romana.
SUS FRUTOS
¿Cuáles han sido los frutos del celibato? ¿Ha probado el celibato estar entre las glorias más nobles y puras del clero católico romano? ¡Lejos de ello! Los hechos muestran que exactamente lo contrario ha sido el caso, y eso desde su adopción hasta el siglo actual.
Uno de los primeros frutos malos del celibato clerical fue “matrimonios espirituales.” ¡Sacerdotes y monjas quienes habían hecho votos de celibato profesaban estar “casados espiritualmente” y por lo tanto vivían en la misma casa y hasta compartían la misma cama! Esta práctica se hizo tan difusa que concilio tras concilio—Ancira, Nicea y Anjou, de los siglos cuarto y quinto—la denunciaron en los más enérgicos términos. Jerónimo, el traductor de la Vulgata, quien vivió durante este tiempo, se quejó de que ‘órdenes sagradas eran asumidas por algunos a causa de las oportunidades superiores que ofrecía la clericatura para relaciones sexuales ilícitas con mujeres.’
En el sexto siglo el obispo Salviano deploró el hecho de que en la Iglesia en África “la búsqueda más diligente apenas puede hallar a uno solo casto entre tantos miles.” En el siglo ocho Pío Carlomán, hermano de Pipino y tío de Carlomagno, reclutó a “San” Bonifacio para que reformara al clero. Bonifacio lamentó el hecho de que los adúlteros, simoníacos, etcétera, eran más numerosos entre el clero que los que obedecían las reglas de la iglesia. Concerniente a esta situación The Catholic Encyclopedia declara: “¿Cómo podía suceder otra cosa puesto que se habían inmiscuido en obispados [debido a la unión de la iglesia y el estado] por todos lados hombres de naturaleza brutal y pasiones desenfrenadas, quienes ponían los peores ejemplos para el clero sobre el cual gobernaban?” Pero, podría preguntarse, ¿de quiénes han de tomar los ministros cristianos su moral —de obispos mundanos políticos o de ejemplos bíblicos?
Para el siglo once los matrimonios legítimos y el concubinato, francos o secretos, eran casi universales. Tampoco estaban contentos los sacerdotes con tan solo una concubina. Hay registro de que en el siglo doce cierto abad fue depuesto debido a tener setenta concubinas. Durante los siguientes pocos siglos, cardenales, legados papales y penitenciarios se quejaban amargamente de que clérigos de todos los rangos oficiaban en las nupcias de sus propios hijos, legítimos e ilegítimos, del escándalo de que sacerdotes abiertamente mantuvieran concubinas y de que “los hijos de los legos eran apenas más numerosos que los del clero” en ciertas provincias de Italia y España. Con la Reforma mejoró gradualmente la situación, puesto que ésta aguijó una limpieza, lo cual fue uno de los propósitos ostensibles del Concilio de Trento.
Sin embargo, hasta el siglo diecinueve los frutos del celibato clerical dejaron mucho que desear en países latinoamericanos y particularmente en las Islas Filipinas, donde, según un historiador, “el voto de castidad nunca fue mucho más que un mito.” Aun en la segunda mitad del siglo veinte de cuando en cuando la prensa informa sobre algún crimen perpetrado por algún sacerdote de lo cual él probablemente nunca habría sido culpable si no estuviese ligado a un voto de celibato.
Así es como hace unos pocos años un joven sacerdote francés cometió uno de los crímenes más espantosos que jamás se ha registrado. El no solo asesinó a la joven a quien había hecho quedar encinta, sino que también la abrió y mutiló al niño no nacido aún para que no se le hallara parecido a él. En el juicio, donde él se confesó culpable, se señaló que él era padre de otro niño por otra parroquiana y que había tenido relaciones con todavía otras. De no haber cometido este asesinato doble, estos otros pecados habrían pasado inadvertidos. Como resultaron las cosas, él no fue excomulgado por la Iglesia Católica por su crimen. Y el Herald-Tribune de Nueva York del 3 de diciembre de 1960, bajo el titular “Sacerdote se confiesa culpable en secuestro y seducción de muchacha,” relató acerca de que un sacerdote católico romano de cuarenta y siete años de edad, F. Dudink, fue “pasado rápidamente por dos comparencias tribunales” y que “el juez A. Gualterio Dahl pronunció sentencia en una extraordinaria corte a puertas cerradas” por el secuestro y seducción, por el sacerdote, de Rosalía O’Connel, de diecisiete años, de Gilbert, Minnesota.
VOCES DISIDENTES
En vista de todos estos frutos malos no es sorprendente que desde el mismísimo principio del celibato clerical se oyeran voces disidentes. En realidad, la parte griega de la Iglesia Católica nunca requirió el celibato de sus sacerdotes ordinarios. Aun sus obispos tenían libertad para casarse hasta fines del siglo siete. En cuanto a disensión en la parte romana de la Iglesia Católica, tan temprano como en el tercer siglo Clemente de Alejandría preguntó: “¿Qué, no pueden personas cohabitar en matrimonio con el carácter de templanza? Sin duda alguna; que no procuremos, por lo tanto, disolver una unión instituida por Dios.”
Cuando el celibato clerical se propuso en el Concilio de Nicea, el obispo Paphnutius, aunque él mismo era célibe, no solo alegó que la castidad era compatible con la cohabitación con la esposa legítima de uno, sino que rogó sinceramente a los obispos reunidos que no les impusieran a los ministros de religión un yugo tan pesado como el celibato obligatorio. Y Ambrosio, del mismo siglo, hizo notar que por medio de la castidad conyugal el obispo podría guardar su virtud.
Así también Enrique de Huntington, historiador y teólogo inglés del siglo doce, registra que cuando el celibato estaba siendo introducido por “San” Anselmo, en ese tiempo arzobispo de Cantórbery, muchos temían “que el clero, al esforzarse por una pureza demasiado grande para la fuerza humana, cayera en impureza horrible, para la extrema deshonra del nombre cristiano.”
En el siglo catorce el Concilio de Valladolid tomó en cuenta una disensión muy común, la de los legos, ya que el Concilio castigó a los parroquianos por insistir en que sus sacerdotes se casaran para proteger a las propias mujeres de aquellos. En el Concilio de Trento se hicieron representaciones fuertes en contra del celibato clerical, pero éstas fueron vencidas. Temprano en el siglo diecinueve 180 sacerdotes de Baden, Alemania, pidieron al poder seglar permiso para casarse, e inmediatamente después de la I Guerra Mundial, una mayoría abrumadora de sacerdotes en Checoeslovaquia votó por la abolición del celibato. Y como ya se ha dicho, en 1960 el papa actual expresó pesar de que la gente hablara excesivamente acerca de poner fin al celibato obligatorio para sacerdotes católicos romanos. Sí, desde el mismo comienzo hasta el tiempo actual se han levantado voces disidentes dentro de la Iglesia Católica Romana en cuanto al asunto del celibato clerical.
¿POR QUÉ RETENIDO?
¿Por qué se ha retenido el celibato clerical a pesar de sus frutos malos y de las muchas voces disidentes? La razón dada por el papa es que el celibato es un estado más puro y más noble que el matrimonio. Esta alegación, sin embargo, no tiene apoyo alguno en las Escrituras y se basa en la premisa falsa del ascetismo, la cual es condenada en ellas: “Esas mismas cosas, en verdad, dan una apariencia de sabiduría consistente en una forma autoimpuesta de adoración y humildad ficticia, un tratamiento severo del cuerpo, pero no son de ningún valor en combatir la satisfacción de la carne.”—Col. 2:23.
Otra razón, sin duda, es económica. En la edad media los concilios de la iglesia dieron énfasis repetidamente a este factor. Según lo dijo “San” Buenaventura: “Si los arzobispos y obispos ahora tuvieran hijos robarían y despojarían todos los bienes de la Iglesia de modo que poco o nada quedaría para los pobres. Visto que ellos actualmente amontonan riquezas y enriquecen a sobrinos alejados de ellos a grados casi incalculables de afinidad, ¿qué harían si tuviesen hijos legítimos? . . . Por eso el Espíritu Santo en su providencia ha removido esta piedra de tropiezo.”
El clero célibe también tiene muchas ventajas para la organización. El sacerdote célibe puede ser transferido más fácilmente y puede subsistir de menos que lo requerido por un sacerdote que tenga que mantener una familia. Por medio del celibato se introduce continuamente nueva sangre en el sacerdocio, evitando un sistema de casta hereditario. El sacerdocio célibe también tiene más influencia en los legos, puesto que éstos tienden a exaltar, el celibato, no pudiendo practicarlo ellos mismos.
En vista de estos factores y otros que pudieran mencionarse, es patente por qué la Iglesia Católica Romana se ase tan tenazmente del celibato clerical, y lo hizo aun cuando su observancia era casi nula, como durante la edad media, y esto a pesar de sus frutos malos y de las muchas voces disidentes.
EXALTANDO LA LEY DEL HOMBRE POR ENCIMA DE LA DE DIOS
Se admite que el celibato clerical obligatorio se basa en una ley eclesiástica, no en una ley divina. Y la Iglesia Católica Romana hace una excepción en el caso de su sacerdocio de los ritos orientales, como por ejemplo los uniatos. Entre éstos, candidatos para el sacerdocio se casan inmediatamente antes de recibir órdenes o ser ordenados.
Es verdad que la Palabra de Dios recomienda la soltería, empero voluntariamente, individualmente, para cualquier cristiano que pueda practicarla, y eso prescindiendo de que ocupe o no algún puesto en la congregación. Pero en todo lugar donde se menciona se modifica. Por eso Jesús añadió: “Quien pueda hacer lugar para eso haga lugar para eso.” Y el apóstol Pablo: “No obstante, a causa del predominio de la fornicación, que cada hombre tenga su propia esposa.” “Pero si no tienen gobierno de sí mismos, que se casen.” “No peca. Que se casen.”—Mat. 19:11, 12; 1 Cor. 7:2, 9, 36.
Apoyo para el celibato clerical se busca en el hecho de que en ciertas ocasiones mandatos como el siguiente les fueron dados a los judíos: “Prepárense durante los tres días. No se acerquen ustedes a mujer.” Es verdad, ¡pero eso no recomienda el celibato clerical, así como los mandatos de que ayunaran a veces no implicaban que el estado ideal es que los cristianos se mueran de hambre!—Éxo. 19:15.
Y no solo hacen las Escrituras que la soltería sea opcional, sino que con pocas, si es que con algunas, excepciones las razones dadas son ventajas prácticas, no piedad superior. Esto se desprende claramente de los comentarios tanto de Jesús como de Pablo. La persona soltera que puede ejercer dominio de sí misma puede servir a Dios más libremente, se ahorra tribulación en la carne, y así sucesivamente.
Pero el evitar la fornicación no es opcional. “¡Qué! ¿No saben que . . . fornicadores” no “heredarán el reino de Dios”? “Que el matrimonio sea honorable entre todos, . . . porque Dios juzgará a los fornicadores.” “Que la fornicación y la impureza de toda clase o codicia ni siquiera se mencionen entre ustedes, tal como es digno de personas santas.”—1 Cor. 6:9, 10; Heb. 13:4; Efe. 5:3.
La práctica de la Iglesia Católica Romana de aplicar su derecho canónico va contra la ley de Dios. Aunque ciertos concilios eclesiásticos primitivos condenaron los “matrimonios espirituales” y el concubinato entre sacerdotes, por lo general tan solo advirtieron a los sacerdotes de que no podían esperar adelantar mientras fueran culpables de tales prácticas. En el sexto siglo los papas Pelagio I y II por una parte rehusaron adelantar a clérigos que tenían hijos por esposas legítimas pero sí adelantaban a los que tenían hijos por concubinas. En el siglo doce las cosas se les hicieron mucho más difíciles a sacerdotes que se habían casado que a los que habían sido abiertamente culpables de concubinato. Esto hizo que Graciano, “el padre del derecho canónico” de la Iglesia Católica, exclamara: “¡Aquí hay un caso en que el libertinaje tiene más derechos legales que los que tiene la castidad!”
En el siglo trece el papa Inocencio ordenó que el hombre que hubiera tenido muchas concubinas podía ser ordenado al sacerdocio pero no el que estuviera casado legalmente en segundas nupcias después de la muerte de su primera esposa. Y en el siglo dieciséis el “canonizado” Tomás More resumió la posición oficial de la iglesia por medio de decir que el matrimonio “contamina al hombre [es decir, al sacerdote] más que la prostitución doble o triple.” Así es que rara vez, si es que alguna vez, se sabe que algún sacerdote haya sido excomulgado por fornicación, pero sí llegamos a saber de casos en que han sido depuestos a causa de haberse casado.
La Palabra de Dios exige el dominio de uno mismo. Limita las relaciones sexuales a parejas que estén casadas correctamente. No hace que posición alguna en la congregación cristiana dependa del celibato, y la continencia que ella recomienda es enteramente un asunto voluntario e individual. El camino de Dios es razonable y justo; muestra entendimiento y amor divinos. Cosecha buenos frutos.—1 Juan 5:3.
Pero el celibato clerical obligatorio tiene apoyo solamente en el ascetismo, el cual es de origen pagano. Pesado en las balanzas del raciocinio, de los hechos y de las Escrituras, se halla que el celibato clerical obligatorio es tristemente falto, y produce solamente frutos amargos. Claramente viene a estar bajo la condenación profética: “La declaración inspirada dice definitivamente que en los períodos de tiempo posteriores algunos se apartarán de la fe, . . . prohibiendo el casarse.”—1 Tim. 4:1-3.