Juicio ridículo de cristianos—¡la vergüenza de Portugal!
HACIA fines de junio y principios de julio un juicio de cuarenta y nueve testigos de Jehová y sus asociados en Lisboa captó la atención por todo Portugal. Aunque el tribunal solo podía dar cabida para unas cuantas personas, miles de personas se reunieron cada día para las sesiones. ¡Nunca antes se había visto algo semejante en Portugal! Aun personas de otros países se enteraron detalladamente de los informes de los corresponsales extranjeros presentes en el juicio.
Muchos ciudadanos portugueses quizás crean que saben lo que pasó en el juicio. Pues, en cosa de solo dos días, los periódicos de Lisboa publicaron 176 pulgadas de publicidad en sus columnas acerca de los testigos de Jehová y del juicio que se acercaba. Pero estos informes estaban sumamente predispuestos, a menudo publicando abiertamente mentiras. Solo se presentó propaganda de los que buscaban un fallo de culpabilidad; la defensa de los testigos de Jehová nunca se llegó a publicar. Un periódico dijo a inquiridores que cuando se había preparado un relato imparcial y se había puesto en tipo, los censores del Gobierno impidieron que se imprimiera.
Sin embargo, los oficiales pronto descubrieron que aun la publicidad predispuesta resultaba en más interés en los testigos de Jehová y en sus actividades. De modo que ésta, también, se disminuyó grandemente. Por lo tanto, relativamente pocas personas saben realmente lo que pasó durante el curso verdadero del juicio. Usted hallará los siguientes datos muy interesantes.
ARRESTO Y ENCARCELACIÓN
En la noche del 10 de junio de 1965, la Congregación de Testigos de Jehová de Feijó estaba reunida pacíficamente en un hogar particular en un suburbio de Lisboa. Unos setenta estaban presentes, estudiando juntos la Biblia, como acostumbran hacer los testigos de Jehová. Luego, como a las 10:00 p.m., la acción policíaca encabezada por el teniente Jorge Manuel Natividade Jacob disolvió la reunión y arrestó a cuarenta y nueve personas.
Aunque no se hicieron cargos oficiales contra ellos, dos de los ministros, Arriaga Cardoso y José Fernandes Lourenço, fueron llevados a la cárcel del Fuerte Caxias. Allí permanecieron hasta el 29 de octubre, cuatro meses y diecinueve días, negándoseles material para lectura, incluso la Biblia, durante más de dos meses de ese tiempo. El Sr. Cardoso y el Sr. Lourenço, hasta fueron detenidos incomunicados por once días, aparentemente en un esfuerzo por obligarlos a transigir.
Durante su encarcelación, el Gobierno redactó un escrito de 416 páginas. Este contenía, principalmente, las preguntas hechas a los dos presos así como a los otros cuarenta y siete acusados, y las respuestas que dieron. Parte de la acusación detallada por el fiscal del Gobierno dijo:
“Declaro a todos los acusados autores materiales de un crimen contra la seguridad del Estado, de instigación a la desobediencia colectiva, previsto y punible bajo el Artículo 174 del Código Penal. . . . Constituyen un movimiento político, que proviene de varios países con miras a la desobediencia, agitación y subversión de las masas populares y especialmente de los jóvenes de edad popular.”
Sin embargo, el escrito de 416 páginas no contenía ninguna evidencia para demostrar que los cuarenta y nueve eran culpables de estos crímenes. ¡No se produjo absolutamente ningún testimonio de testigos para apoyar los cargos! Las acusaciones fueron simples aserciones, hechas sin ninguna evidencia. El hecho es: Cuarenta y nueve cristianos fueron hallados estudiando juntos la Biblia; no estaban discutiendo de política, y ninguna evidencia se ofreció para apoyar la pretensión de que constituyen “un movimiento político.” Tampoco se hizo esfuerzo alguno en el escrito para probar que estas personas públicamente predicaron sobre algo, mucho menos que habían estado diciendo a la gente que desobedeciera al gobierno portugués, o estuvieran agitando y subvirtiendo a las masas populares. Ninguna persona honrada pudo evitar el asombrarse por la falta total de evidencia del escrito. No obstante, el caso fue señalado para juicio.
¿Qué sucedería en el tribunal? ¿Presentaría evidencia la parte actora que probara que los acusados eran culpables de los crímenes que se les habían imputado? ¿Se les permitiría a los acusados plena libertad para presentar evidencia de su inocencia al tribunal? ¿Escucharían los jueces con mentes imparciales a fin de llegar a una decisión justa?
PRINCIPIA EL JUICIO Y SE POSTERGA
Finalmente, el 14 de junio del presente año, el juicio se inició en el tribunal de Lisboa en Largo da Boa Hora, y testigos de Jehová de todas partes de Portugal afluyeron en la población, no para protestar contra el tribunal sino para apoyar moralmente a sus hermanos y hermanas cristianos que estaban enjuiciados. Los oficiales de la policía jamás habían visto semejante muchedumbre allí antes. No estando preparados para tantas personas, al principio, estuvieron azorados. Un oficial exclamó excitadamente: “¿Qué vamos a hacer con toda esta gente? ¡La entrada principal tiene que mantenerse despejada!” Alcanzando a oír el comentario, un testigo de Jehová corrió la voz y en unos minutos la entrada estaba despejada. El oficial simplemente se asombró por la cooperación y orden veloces. Nunca antes había habido una muchedumbre en Lisboa más fácil de manejar, haciendo parecer muy inapropiado el cargo contra los acusados de “desobediencia a las leyes y reglamentos que gobiernan el orden público.”
Al día siguiente el periódico de Lisboa, O Seculo, informó: “Quienquiera que llegó ayer a Largo da Boa Hora hubiera visto un espectáculo sorprendente . . . Las ventanas alrededor del segundo y tercer pisos así como los corredores, de los cuales hay muchos, estaban llenos de personas. En el patio la gente estaba apiñada. . . . No se alteró el orden. . . . Se calculó que había más de 2.000 personas presentes adentro y afuera del edificio. Fue la primera vez que se habían visto allí tantas personas. Eran, en su mayoría, simpatizadoras de los acusados y de su religión.”
Sin embargo, el proceso del tribunal estuvo muy limitado ese día de apertura, puesto que uno de los acusados estuvo enfermo y no pudo estar presente. Por lo tanto, el fiscal público propuso una moción de postergar el juicio, y se concedió ésta. De modo que el principio del juicio fue cambiado al 23 de junio.
PRIMERA SESIÓN DEL JUICIO
A las 2:30 de la tarde del jueves 23 de junio, comenzó el juicio, y continuó en sesión hasta las 7:30 de esa noche. Presente estuvo una muchedumbre aun mayor que antes, algunos calculando que fue de unas 5.000 personas. La mayor parte de éstas permaneció afuera en la calle durante las cinco horas completas, esperando ansiosamente informes del proceso adentro.
Los tres jueces asignados para oír el caso fueron el juez presidente António de Almeida Moura y los jueces auxiliares Saudade e Silva y Bernardino de Sousa. El fiscal del Gobierno fue el Dr. Lopes de Melo, y el abogado defensor que representó a los acusados fue el Dr. Vasco Almeida e Silva.
El primer acusado llamado a testificar fue Arriaga Cardoso. Fue uno de los dos que habían sido detenidos por más de cuatro meses en la cárcel sin haberse presentado ningún cargo contra ellos.
Al principio, el juez presidente trató de dar la impresión de que se gozaba de libertad religiosa en Portugal. “Usted no está acusado de asociación ilícita,” le dijo a Cardoso. “Usted no está siendo juzgado por adorar a Jehová. Usted puede adorar a Jehová como puede adorar a Mahoma o Buda. Se respeta la religión de cada uno, es decir, cuando ésta no rebasa estrictos límites religiosos. La Constitución de Portugal garantiza la libertad de cultos.”
Sin embargo, luego el juez trató de mostrar, evidentemente, que las garantías constitucionales de libertad de adoración no aplican a religiones como los testigos de Jehová. El Diário Popular de Lisboa informó sus observaciones a Cardoso: “No hay libertad para nadie que inventa una religión y hace lo que quiere en el nombre de Dios o sea lo que sea. Tiene que estar subordinado a hombres que gobiernan las cosas en la Tierra. . . . El principio de lo cual usted está acusado es desobediencia, de una clase general a las leyes de la Nación.”
A estas alturas Cardoso, un ciudadano portugués nativo de 54 años, comenzó a coger un ejemplar de la Biblia. Tenía presente mostrar que, de acuerdo con el mandato bíblico de estar en sujeción a las “autoridades superiores” terrestres, los testigos de Jehová son obedientes a las leyes de todos los gobiernos. (Rom. 13:1) No desobedecen las leyes de ningún gobierno, cuando éstas no están en pugna con las leyes de Dios. (Hech. 5:29) Tampoco son agitadores políticos los testigos de Jehová, porque, en obediencia a Jesucristo quien dijo que sus seguidores no serían “parte del mundo,” jamás participan en actividad política de alguna clase. (Juan 17:16) Pero el juez presidente rápidamente interrumpió, como informó el Diário Popular:
“‘¡No, use la Biblia! Para usted la Biblia es lo que vale, para el tribunal la ley es lo que vale. La Biblia no gobierna a la actividad civil. No la invoque, cada uno la interpreta a su propio modo y según sus intereses. La Biblia no es la constitución del Estado. El tribunal no tiene que aceptar la Biblia como la Constitución Política de la República de Portugal cuando se interpreta por algún americano.’”
El acusado no era americano; es ciudadano portugués. Y al contrario de lo que insinuó el juez, estaba deseoso de presentar, no los puntos de vista de un americano, sino sus propias creencias basadas en la Biblia. No obstante el juez impidió su testimonio. ¡No quería oír de la Biblia!
PRIORIDAD DE LA LEY DE DIOS
No obstante, la Biblia no puede ser desechada cuando la obediencia a la ley humana está en disputa. Esto se debe a que las leyes bíblicas son el mismísimo fundamento del cual se han derivado las leyes justas de los gobiernos humanos, y la obediencia a ellas es aun más obligatoria sobre las personas que la obediencia a las leyes humanas. Esta ha sido la opinión de famosos jurisconsultos a través de los siglos hasta nuestro día.
Uno de estos jurisconsultos, Guillermo Blackstone, lo expresó muy bien cuando dijo: La ley de Dios “es, por supuesto, superior en obligación a cualquier otra. Es obligatoria sobre todo el globo terrestre, en todos los países, y a todo tiempo: ningunas leyes humanas son de validez alguna, si son contrarias a ésta; y las que son válidas derivan toda su fuerza y toda su autoridad, mediata o inmediatamente, de esta original.” (Blackstone’s Commentaries on the Laws of England, Chase, Nueva York, Baker, Voorhis y Compañía, 1938, págs. 5, 6) De modo que no es inoportuno apelar al Libro de Ley de Dios, la Santa Biblia. Los testigos de Jehová no pueden dejarlo fuera de sus vidas.
El juez presidente aseveró: “Tenemos que ajustar la ley divina a las leyes terrestres. Tenemos que interpretar las cosas con lógica. A veces las leyes divinas son anormales.” Pero los testigos de Jehová no están de acuerdo en que las leyes de Dios a veces son “anormales,” es decir, desviadas de la verdad, erróneas. Ellos creen que Dios y Su Palabra son veraces, y con todo su corazón y fuerza vital tratan de vivir en armonía con la Biblia. ¿Es incorrecto esto? ¿Es inmoral o anticristiano anteponer la ley de Dios a la del hombre cuando las dos están en pugna?
Los apóstoles cristianos primitivos no lo creyeron así. Cuando estuvieron enjuiciados ante un tribunal judío, Pedro y los otros apóstoles contestaron al cargo de que dejaran sus actividades de predicación diciendo: “Tenemos que obedecer a Dios como gobernante más bien que a los hombres.” ¡Sí, Dios les había dado instrucciones a los apóstoles para predicar, y ellos iban a continuar obedeciendo a Dios prescindiendo de lo que dijeran o hicieran los hombres! De modo que el registro bíblico pasa a explicar: “Y todos los días en el templo y de casa en casa continuaban sin cesar enseñando y declarando las buenas nuevas.”—Hech. 5:27-29, 42.
Hoy los testigos de Jehová no son los únicos que contestan de esta manera. En un reciente libro portugués intitulado “Nuestra historia divina” por A. Amaral, que se publica por el Secretariado Nacional de Catequesis y lleva el imprimátur de la Iglesia Católica Romana, se hace la pregunta en la página 230: “¿Cuándo no debemos obedecer a las Autoridades?” Y se da la respuesta: “No debemos obedecer a las Autoridades cuando nos ordenan hacer algo que está contra la voluntad de Dios. (Hech. 5, 29; Mat. 10, 37)” De modo que, si a los testigos de Jehová se les imputa desobediencia criminal debido a publicar este punto de vista bíblico de las cosas, entonces todos los católicos de Portugal deben ser enjuiciados sobre la misma acusación. Nada que han publicado los testigos de Jehová es más directo que este punto de vista católico oficial basado en la Biblia. Por eso, puesto que los testigos de Jehová en Portugal son víctimas de persecución oficial sobre esta base ahora, ¿qué encierra el futuro para sus vecinos católicos?
El hecho de que la gente portuguesa, en general, conviene en que la obediencia a Dios debería tener prioridad se indica por su lema popular: “Dios, Patria, y la Familia.” A Dios se le coloca correctamente en primer lugar. Cuando el Estado pasa por alto esto, y cuando las leyes justas de Dios son tratadas con desprecio y desechadas, como se hizo en la Alemania nazi, resultan crímenes horribles contra Dios y la humanidad.
PREJUICIO DE JUECES
Desde el mismísimo principio del juicio se hizo evidente que los jueces no estaban interesados en oír el testimonio presentado por los acusados. No estaban interesados en obtener evidencia sobre la cual basar una decisión justa, porque regularmente interrumpían a los testigos para impedir que dieran testimonio. ¡Fue evidente que la decisión de los jueces ya estaba hecha! Evidentemente habían llegado a su decisión antes de que siquiera comenzara el juicio. ¡Tal administración de justicia es una vergüenza para Portugal!
El prejuicio contra los testigos de Jehová fue evidente a través de todos los tres días de sesiones. Aun el decoro apropiado del tribunal fue pasado por alto por los jueces. En las palabras de un abogado portugués, el juicio fue “una burla, una vergüenza y una monstruosa demostración de la baja condición a la que ha caído la jurisprudencia portuguesa.” Otro abogado de Lisboa llamó a todo el caso “una farsa.”
Los jueces abandonaron su función honrosa de magistrados de un tribunal alto y asumieron el papel de interrogadores, acusadores y ridiculizadores de los acusados y sus creencias. A menudo el mismísimo juez que hacía una pregunta a un acusado, si la respuesta le desagradaba, interrumpía al acusado antes de que pudiera decirse más. En varias ocasiones el abogado defensor fue obligado a intervenir y protestar fuertemente contra la manera indecorosa en que los jueces hablaban. Les recordó que no les tocaba hacer acusaciones, sino, sobre la base de la evidencia presentada, juzgar si los acusados eran culpables o no de los cargos.
Cuando el acusado Afonso Costa Mendes, de 54 años, estaba en el estrado de los testigos hacia fines del primer día, el juez Bernardino de Sousa lanzó una andanada de declaraciones sin freno que fue lástima oír. En un esfuerzo por mostrar que las actividades de predicación de los testigos de Jehová creaban hostilidad, dijo que un hombre le había dicho: “Me hubiera gustado darle un puntapié en el estómago a ese Testigo que vino a mi puerta.” El juez aseveró que su religión causaba violencia, y que dividía familias y las ponía violentamente unos contra otros. El abogado de la defensa trató de protestar contra estas acusaciones, pero fue interrumpido llamando el juez a la siguiente acusada.
Sin embargo, el interrogatorio de este acusado demostró que el juez predispuesto estaba equivocado. El abogado defensor preguntó:
“¿Es usted casada?”
“Sí.”
“¿Es su esposo testigo de Jehová?”
“No.”
“¿Qué clase de relaciones existen en el hogar entre usted y su esposo?”
“Desde que llegué a ser testigo de Jehová he tratado de ser una buena esposa cristiana y esto ha ayudado a hacer feliz nuestro matrimonio.”
Entonces el abogado se dirigió al juez e indicó que esto contestaba el cargo sin apoyo que acababa de hacer contra los testigos de Jehová.
El juez preguntó al siguiente acusado que fue llamado al estrado de los testigos si había estado antes en el tribunal.
“Sí,” contestó el acusado.
“¿Sobre qué cargos?” preguntó el juez.
“Por violación.”
Inmediatamente el juez se aprovechó de esto. “¡Vean qué clase de religión tienen los testigos de Jehová!” exclamó.
Entonces el abogado defensor preguntó al acusado si había sido testigo de Jehová cuando había violado a la muchacha.
“¡Oh, no!” contestó. “Si lo hubiera sido, jamás habría hecho semejante cosa. En ese tiempo era católico activo.”
En el segundo día del juicio los jueces hicieron todo esfuerzo por difamar a los acusados, y aseveraron que sus creencias procedían de los Estados Unidos de Norteamérica. Sin embargo, los testigos de la defensa, mostraron lo contrario, presentando evidencia de que lo que creían se basaba en la Biblia portuguesa. Sin embargo, cuando se presentaba testimonio de las Escrituras, los jueces cambiaban el tema, interrumpían y finalmente uno de ellos gritó en el tribunal: “¿Vamos a transformar este lugar en un Salón del Reino? ¡Aquí solo estamos interesados en discutir ley!”
Durante esta misma sesión del tribunal, cuando el testigo para la defensa Armando Monteiro estaba explicando eficazmente la posición de neutralidad del cristiano que siguen los testigos de Jehová en Portugal, el juez se disgustó mucho. Dijo que nada de esto le interesaba al tribunal y que no permitiría que Monteiro continuara con su testimonio. El abogado defensor objetó este trato despótico, arbitrario, para con el testigo. Siguió un argumento. El resultado de esta sesión fue que no se permitirían más testigos para la defensa en el juicio; solo lo que se llaman “declarantes.” El testimonio de éstos podría ser detenido legalmente a cualquier tiempo, el abogado defensor solo podría interrogarlos por medio del juez. Así los jueces se esforzaron por amordazar a la defensa.
A pesar del testimonio presentado a través del juicio para mostrar que los acusados sin duda eran ciudadanos portugueses observantes de la ley, los jueces mantuvieron una actitud endurecida, predispuesta. En el segundo día, cuando el abogado defensor trajo a la atención del juez que su declaración contradecía una que había hecho antes, el juez le dijo, de manera degradante: ‘Usted es viejo y debería tener cuidado de oír mejor las cosas.’ Cuando se pidió que se guardara algún tipo de registro del proceso en el tribunal, se negó esto. ¡Era evidente que los oficiales no querían que se publicara lo que pasara en el tribunal! ¿Por qué?
Se debió a que cualquier persona honrada que examinara la evidencia no podía menos que ser abrumada por el craso aborto de la justicia. Ninguna mente imparcial podría imaginarse cómo los jueces llegaron a la decisión que llegaron sobre la base de la evidencia presentada. ¡Con razón no se permitió que se guardara registro alguno del proceso en el tribunal!
ABORTO DE LA JUSTICIA
¡El fiscal público no produjo un solo testigo durante los tres días enteros del juicio! ¡Además, no hizo ningún esfuerzo por interrogar a ningún acusado ni a ningún testigo para la defensa! ¡No se hizo absolutamente ninguna refutación! Realmente, ¡no presentó ningún argumento de ninguna clase! ¡Durante todo el juicio no se presentó ni un solo hecho ni evidencia para demostrar que los testigos de Jehová eran culpables de los crímenes que se les imputaban! De hecho, el fiscal público casi no dijo una sola palabra.
La ilegalidad del proceso y la injusticia de las condenas de prisión claramente son evidentes en vista de lo que se expresa en el Artículo 359 del Código de Procesos Penales de Portugal, número 3, concerniente a la preparación de quejas contra los acusados:
“[La queja debe tener:] ‘El relato discriminatorio y preciso de los hechos que constituyen la infracción indicada, si es posible, el lugar y el tiempo en que se cometieron, la razón por la que se cometieron, el grado de participación que el acusado tuvo en ellos, y las circunstancias que precedieron, acompañaron o siguieron la infracción y que pudieron agravar o atenuar su participación.’”
Sin embargo, los únicos hechos probados en el escrito de 416 páginas y en el juicio, con referencia a los acusados, son que estaban reunidos en un estudio bíblico a cierta hora y cierto lugar. Ninguna prueba se presentó de que los acusados habían predicado a otros, mucho menos de lo que habían predicado. ¡Ni siquiera se estableció lo que se dijo en esta reunión! Claramente, el requisito de la ley portuguesa de un “relato preciso de los hechos que constituyen la infracción indicada” y “el lugar y el tiempo en que se cometieron” ¡nunca se cumplió! Con razón los abogados portugueses llamaron al juicio “una burla,” “una farsa” y un “aborto de la justicia.”
El testimonio de los acusados, y de los testigos y de los “declarantes” a favor de ellos, ocupó prácticamente los tres días enteros—el 23 de junio, el 30 de junio y el 7 de julio. En el día final, el abogado de los acusados, en su resumen del caso para la defensa, mostró que los acusados no habían hecho nada criminal. Más bien, eran cristianos, que hacían la misma obra que hicieron Jesús y sus seguidores primitivos. Enérgicamente atrajo a la atención del tribunal que absolutamente ninguna prueba se había presentado de que “constituyen un movimiento político,” estimulan “agitación y subversión de las masas” o predican desobediencia a las leyes y reglamentos que gobiernan el orden público. Ahora le tocó hablar al fiscal. Se levantó; pero, sorprendentemente, todo lo que dijo fue: “Pido justicia.”
Pero, claramente, no se hizo justicia. ¡El juicio de veras fue una burla! Dos días después todos los cuarenta y nueve fueron condenados a prisión. El veredicto ahora se ha apelado ante el Tribunal Supremo de Justicia de Portugal.
ENSEÑANZAS NO SUBVERSIVAS
Recientemente, con acción militar aumentada de Portugal en África, el rehusar ciertos jóvenes por conciencia servir de soldados y matar a sus semejantes ha sido aprovechado para pintar a los testigos de Jehová como un pueblo agitador, subversivo, desafiador de la ley. Sin embargo, durante el juicio, no pudieron comprobarse estos cargos. Solo uno de los cuarenta y nueve enjuiciados había rehusado personalmente el servicio militar. ¡Por cierto, treinta y cinco de ellos eran mujeres! Tampoco ninguno de ellos había animado a otros a rehusar servir de soldado.
¡La defensa presentó evidencia para demostrar que los testigos de Jehová no aconsejan ni animan a nadie a romper una ley o reglamento de ningún gobierno! De hecho, sus publicaciones explican que es incorrecto el que una persona mande a otra que rehúse el servicio militar, salude la bandera o desempeñe cualquier otro deber que requiera un gobierno. En el segundo día del juicio, el testigo para la defensa, Jose Maria Lanca, pudo mostrar esto leyendo al tribunal de la publicación oficial de los testigos de Jehová, La Atalaya, del 15 de diciembre de 1957. En la página 757 dice esa publicación:
“En la sabiduría de Jehová Dios sus Santas Escrituras inspiradas se abstienen de dar consejo directo. Sus Escrituras sólo declaran los principios teocráticos que deben gobernar a los cristianos y luego dejan que los cristianos dedicados . . . retengan integridad a Dios. Aparte de explicar lo que son los verdaderos principios cristianos bíblicos en la Palabra de Dios, ningún cristiano individual o grupo de cristianos tiene la comisión divina o la responsabilidad de instruir directamente a otro cristiano en cuanto a qué hacer en este asunto. Cada uno tiene que decidir por sí mismo qué hacer.”
“Sea Dios Veraz,” el libro de texto bíblico de los testigos de Jehová más extensamente distribuido, también expresa explícitamente en la página 241: “Si un ciudadano desea saludar la bandera o ingresar en las fuerzas armadas de cualquier nación, es su derecho hacerlo, y los testigos de Jehová consideran que es incorrecto el que ellos se opongan a los esfuerzos de tal persona o que la condenen. Ellos no se empeñan en convertir al mundo para que éste rehúse saludar banderas o se niegue ser militar.”
Por eso, entonces, si algunos de los cuarenta y nueve acusados habían estado haciendo lo que se les imputaba, es decir, predicar desobediencia a las leyes y reglamentos gubernamentales en cuanto a servir de soldados o saludar la bandera, también habrían estado violando las enseñanzas de la congregación cristiana de los testigos de Jehová. Por lo tanto, ¡con razón esa evidencia no pudo presentarse en el tribunal para demostrar que los acusados eran culpables de los crímenes que se les habían imputado!
El gobierno portugués puede estar seguro de que jamás hallará a los testigos de Jehová participando en actividades subversivas, porque los testigos de Jehová siguen un derrotero cristiano de completa neutralidad para con los gobiernos mundanos. Esto se mostró claramente al tribunal, a pesar de un esfuerzo tras otro de los jueces por estorbar el testimonio de los testigos. Puesto que no se guardó ningún registro en el tribunal, y puesto que no se permitió que se publicaran las razones de su posición neutral, solo es justo que usted oiga un resumen breve de los hechos del caso que fueron suprimidos.
DEFENSA PARA POSICIÓN DE NEUTRALIDAD
Como los acusados del caso han explicado repetidas veces a otros, Jesús y sus discípulos dieron principios por los cuales los cristianos individuales habrían de dirigir su conducta en conexión con los gobiernos mundanos. Por ejemplo, Jesús no se puso de parte de las disputas políticas entre Roma y ciertos judíos nacionalistas, sino que contestó a los que lo interrogaron sobre el asunto de pagar impuestos: “Mostradme un denario. ¿De quién es la imagen e inscripción que tiene?” “Respóndenle: De César. Díjoles entonces: Pagad, pues a César lo que es de César, y a Dios lo que es de Dios.”—Luc. 20:24, 25, Versión Torres Amat católica.
Obviamente el dinero de impuestos le corresponde a los gobiernos mundanos (representados por César), y los testigos de Jehová pagan sus impuestos sin quejarse, pero ¿qué hay sobre las cosas de Dios? ¿Qué cosas le corresponden a él? Los acusados creen que cuando uno considera el asunto honradamente tiene que convenir en que ningún humano ni ningún gobierno terrestre le dio al cristiano la vida. ¡Esta es dada por Dios! Por eso preguntan: ¿No es razonable, entonces, que un cristiano pudiera decidir apropiadamente que su adoración y vida deben reservarse y pagarse de vuelta a Dios? Si un cristiano sacrificara su vida en los conflictos militares de algún gobierno político, ¿qué vida le quedaría para pagarla de vuelta a Dios?
Se mostró al tribunal que entre los testigos de Jehová en todos los países la decisión en cuanto a ser soldado o no, es personal. No es una posición que se adopta debido a instrucción directa de la organización de los testigos de Jehová. Individuos de otras organizaciones religiosas han adoptado una posición semejante, sobresaliente entre las cuales es la del católico romano Franz Jägerstätter. Durante la segunda guerra mundial este joven rehusó pelear en las fuerzas armadas de Hitler, y aceptó la ejecución mediante decapitación por su decisión denodada. Algunos católicos lo consideran santo debido a sus fuertes convicciones religiosas.
Por eso, ¿qué hay de los católicos de Portugal que se oponen por conciencia a la guerra y a matar? Siempre ha habido algunos que han interpretado enseñanzas de la Biblia católica como: “No matarás,” y “Amarás a tu prójimo como a ti mismo,” que quieren decir que es incorrecto el matar. (Éxo. 20:13; Mat. 22:39) ¿Van a ser invadidas enteras congregaciones católicas en Portugal, por lo tanto, por la policía y ser sometidas a encarcelación debido a que unos cuantos hombres católicos con fuertes convicciones religiosas se oponen por conciencia a la guerra? ¿Van a ser mujeres con hijos menores y ancianos traídos a juicio, condenados y echados en prisión porque alguien en su congregación rehúsa el servicio militar? ¡Esto es lo que le está sucediendo a los testigos de Jehová! Otras personas religiosas quizás pronto sean las siguientes en sufrir. ¿Aprueba usted esto?
EMBAJADORES DEL REINO DE DIOS
Los testigos de Jehová se esfuerzan con todo su corazón en copiar el ejemplo de Jesucristo y sus seguidores del primer siglo. Se mostró en el tribunal que estos cristianos se identifican en la Biblia como embajadores del gobierno celestial de Dios. “Somos por lo tanto embajadores sustituyendo por Cristo,” explicó el apóstol Pablo. Más tarde, cuando estuvo en una prisión romana, Pablo habló de sí mismo como “embajador en cadenas.”—2 Cor. 5:20; Efe. 6:20.
Un embajador está bajo obligación de permanecer separado de las actividades políticas del país en que sirve. Se hizo un esfuerzo por explicar al tribunal que esto es semejante a un embajador cristiano. Como cristiano verdadero no puede implicarse en los asuntos políticos o guerra de otro gobierno. Tampoco podría participar en ninguna obra de importancia nacional como sustituto del servicio militar.
El testimonio de Jesucristo es la base para esta conclusión. Al explicar el principio de separación del mundo a sus discípulos, les dijo: “Lo que os mando es que os améis unos a otros. Si el mundo os aborrece, sabed que primero que a vosotros, me aborreció a mí. Si fuerais del mundo, el mundo os amaría como cosa suya: pero como no sois del mundo, sino que os entresaqué yo del mundo, por eso el mundo os aborrece.” Los discípulos de Jesús, claramente, habrían de mantenerse separados del mundo. Los testigos de Jehová de Portugal simplemente se esfuerzan por imitar su ejemplo.—Juan 15:17-19; Sant. 4:4; 1 Juan 2:15-17, Versión Torres Amat católica.
Pero, ¿permitirá Portugal que los cristianos del día moderno sigan sin ser molestados los pasos de Jesús y sus discípulos primitivos? ¿O se identificará como un combatiente del día presente contra Dios continuando su persecución de los testigos de Jehová? Los oficiales portugueses harían bien en prestar atención al consejo prudente del maestro de Ley Gamaliel del primer siglo, quien dijo: “No se metan con estos hombres, sino déjenlos; (porque si este proyecto o esta obra proviene de hombres, será derribada; pero si proviene de Dios, no podrán derribarlos;) de otro modo, quizás sean ustedes hallados luchadores realmente contra Dios.”—Hech. 5:38, 39.
EXHIBIENDO AMOR QUE IMITA A CRISTO
El principio del amor que imita a Cristo también fue traído a la atención del tribunal como razón de la posición neutral de los enjuiciados. Jesucristo mandó a sus seguidores: “Que del modo que yo os he amado a vosotros, así también os améis recíprocamente . . . Por aquí conocerán todos que sois mis discípulos, si os tenéis amor unos a otros.” (Juan 13:34, 35, Versión Torres Amat católica) El amor que despliega Jesús no se limita únicamente a ciertas nacionalidades—a alemanes, a franceses, a portugueses, a japoneses o a norteamericanos. Él ama a todas las personas inclinadas a la justicia, sin distinción de su nacionalidad o lugar de nacimiento.
Puesto que esto es verdad, los acusados preguntan: Si Cristo estuviera en la Tierra hoy, ¿a qué ejército ingresaría? ¿Pelearía contra personas de diferente raza o nacionalidad y las mataría? Prescindiendo de lo que piense el tribunal portugués, esos testigos de Jehová no creen que Jesús tomaría un rifle y le dispararía a alguien de diferente raza o nacionalidad, ni introduciría una bayoneta en su abdomen. De ninguna manera pueden armonizar tal actividad con el propio mandato de Jesús a sus seguidores de amarse unos a otros. Por lo tanto, ellos preguntan: ¿Cómo podría participar un cristiano verdadero en un arreglo que requiriera que fuese al campo de batalla a matar a sus hermanos cristianos en otro país?
Aunque son obedientes a las leyes del país, cuando los mandatos de la nación están en pugna directamente con los principios justos de la Palabra de Dios, adoptan la posición apostólica: “Es necesario obedecer a Dios, antes que a los hombres.” Como hemos visto, ésta es la misma posición por la que la Iglesia Católica Romana en Portugal aboga como la cristiana. Puesto que los testigos de Jehová ahora están siendo perseguidos por seguirla, ¿hay alguna seguridad de que otros no sean perseguidos pronto también por enseñar la misma cosa?—Hech. 5:29, Versión Torres Amat católica.
PUNTO DE VISTA DE CRISTIANOS PRIMITIVOS
¿Se halla sin precedente la posición susodicha que se manifiesta en la enseñanza católica y que practican los testigos de Jehová? ¿Cómo consideraron los cristianos primitivos el enredarse en los asuntos políticos? ¿Sirvieron en los ejércitos de las naciones mundanas? ¿Qué muestran los hechos confiables de la historia?
Un examen de historias exactas tocante al cristianismo primitivo revela que los cristianos primitivos mantuvieron neutralidad estricta respecto a los asuntos políticos de las naciones. Note los comentarios de solo unos cuantos de tales libros de texto:
“Los cristianos celosos no servían en las fuerzas armadas ni aceptaban puestos políticos.”—World History, The Story of Man’s Achievements (River Forest, Ill.; 1962), Habberton, Roth y Spears, pág. 117.
“Los cristianos eran extranjeros y peregrinos en el mundo a su alrededor; su ciudadanía estaba en el cielo; el reino que esperaban no era de este mundo. La consecuente falta de interés en los asuntos públicos desde el principio vino a ser así un rasgo notable del cristianismo.”—Christianity and the Roman Government (Londres; 1925), E. G. Hardy, Director del Colegio de Jesús, Oxford, pág. 39.
El historiador británico C. J. Cadoux resumió muy bien la posición intransigente de los cristianos primitivos en su libro: The Early Christian Attitude on War, en las páginas 245 y 246:
“Los cristianos primitivos aceptaron la palabra de Jesús al pie de la letra, y entendieron sus inculcaciones de amabilidad y no resistir en su sentido literal. Identificaron estrechamente su religión con la paz; fuertemente condenaron la guerra por el derramamiento de sangre que implicaba; se apropiaron la profecía del Antiguo Testamento que predecía la transformación de las armas de guerra en los utensilios de la agricultura [Isa. 2:4] . . . Con una o dos posibles excepciones ningún soldado ingresó en la Iglesia y siguió siendo soldado hasta el tiempo de Marco Aurelio (161-180 d. de J.C.). Aun entonces, el rehusar servir se conocía como la norma de los cristianos—como testifican los vituperios de Celso (177-180 d. de J.C.). . . . La aplicación de la enseñanza de Jesús a la cuestión del servicio militar fue en un sentido inequívoco.”
Es verdad que la posición del cristiano de separación de los asuntos mundanos no la apreciaron los gobernantes paganos, porque estos hombres no entendían las enseñanzas de Jesucristo, pero su posición no debe ser difícil de entender para los oficiales de una nación que profesa ser cristiana.
Claramente, la posición adoptada por los testigos de Jehová en Portugal no se halla sin precedente. Jesús dictó los principios para que los siguieran sus discípulos, y los cristianos primitivos fueron fieles a ellos, como testifican los hechos de la historia. Los testigos de Jehová de Portugal simplemente desean seguir su ejemplo. Todo lo que desean es practicar el cristianismo verdadero. Apelan a las autoridades portuguesas para que les permitan hacerlo sin ser molestados. Las autoridades portuguesas no experimentarán daño, sino solo bien, al permitir tal libertad de cultos en su país.
QUE DERROTERO HAN EMPRENDIDO OTROS
Los testigos de Jehová están activos en unos 197 países de la Tierra, y ascienden a más de un millón de publicadores del reino de Dios. De modo que las naciones alrededor del mundo conocen su posición de neutralidad. Muchos países, de una manera u otra, han hecho provisión para que estén exentos del servicio militar, porque reconocen que son personas excelentes y un haber para la comunidad. Por ejemplo, el asunto de cómo tratar con los testigos de Jehová recientemente fue un punto en cuestión ante el Parlamento de Suecia. ¿Cuál fue la decisión?
Después de varias horas de debate se aprobó el proyecto de ley que contenía la importante provisión tocante a los testigos de Jehová. En el periódico de Suecia, Freden, en su número correspondiente al 10 de junio de 1966, se comentó sobre ello editorialmente, diciendo: “Así los testigos de Jehová en el futuro, después de una investigación individual, serán exentos del servicio obligatorio por el método sencillo de no ser ni siquiera llamados. El Riksdag de Suecia ha de ser felicitado por esta decisión que resuelve un problema que hasta ahora había sido considerado como insoluble. En lo que a esto respecta Suecia sirve de ejemplo a otros países.”
¿Qué derrotero seguirá Portugal? Esto lo habrán de decidir los funcionarios gubernamentales de Portugal. El mundo observará con interés, pero, sobre todo, es a Dios mismo que tienen que responder por la manera en que traten a Sus siervos.
UN PUEBLO INOFENSIVO, PACÍFICO
Solo será para honra de Portugal y para su provecho el tratar con justicia a los testigos de Jehová. Pues estos siervos cristianos de Dios disfrutan de una excelente reputación por todo el mundo como un pueblo honrado, que trabaja duro, que es pacífico. Se sabe bien que ellos no participan en motines, manifestaciones ni otros desórdenes. No se emborrachan, no practican fornicación ni adulterio, no participan en hurtar, ni llevan a cabo otros actos inmorales o criminales semejantes. Como explicó en el tribunal el acusado que previamente había violado a una muchacha: ‘¡Si hubiera sido testigo de Jehová jamás habría hecho semejante cosa!’ El adherirse estrictamente a principios bíblicos los ha hecho personas excelentes, rectas; una verdadera contribución para una comunidad mejor.
En vez de ser “antisociales,” como fueron acusados en el tribunal, los que viven cerca de los testigos de Jehová en Portugal los conocen como buenos vecinos, listos a ayudar cuando otros lo necesitan. También son conocidos por sus esfuerzos sinceros para ayudar a las personas a entender mejor la Biblia. Su obra caritativa ha tenido un excelente efecto en la vida de muchas personas, y esto es tan cierto en Portugal como lo es en muchos otros países a través del mundo.
De interés particular es el comentario del periódico africano: The Northern News (Ndola), concerniente a la actividad de los testigos de Jehová en África meridional: “De todos los relatos las zonas en que los testigos de Jehová son más fuertes entre los africanos ahora son zonas más libres de dificultad que el término medio. Ciertamente han estado activos contra agitadores, brujería, borrachera y violencia de cualquier clase.” Claramente, es contra los mejores intereses de Portugal el perseguir a tal pueblo cristiano.
CONTINÚA LA PERSECUCIÓN
¿Por qué, entonces, hay tal persecución en Portugal? Ciertos representantes de la Iglesia Católica son principalmente responsables. Han esparcido propaganda maligna acerca de los testigos de Jehová. Por ejemplo, allá en el verano de 1963 el sacerdote católico Joäo de Sousa presentó una serie de programas de TV en Lisboa que contenía toda clase de presentación en falsos colores de los testigos de Jehová. Más tarde publicó un libro con más de lo mismo. Casi inmediatamente resultaron irrupciones policíacas contra los Testigos. Al comentar sobre el arresto en masa de los testigos de Jehová, el 27 de noviembre del año pasado aun la radio danesa notó la responsabilidad de la Iglesia. El comentador de noticias dijo: “En Portugal así como en España los testigos de Jehová por largo tiempo han sido perseguidos porque la Iglesia Católica no aprueba la actividad de la secta.”
Al incitar a los oficiales y al provocar a sus feligreses, estos clérigos católicos han suscitado persecución de tipo inquisitorial contra los testigos de Jehová. De un extremo al otro del país, y en las provincias de ultramar, han sido invadidos hogares y lugares de reunión, posesiones han sido confiscadas, y los testigos de Jehová han sido arrestados y echados a prisiones. En éstas han estado detenidos días, semanas, y hasta meses sin acusación. En Lisboa, Luanda, Aveiro, Porto, Setúbal, Caldas da Rainha, sí, esto ha ocurrido prácticamente en todas las ciudades, sin importar el tamaño de ellas, dentro de Portugal y sus provincias.
Y en vez de disminuir, este tipo de persecución por las autoridades portuguesas está aumentando. Pues, en el mismísimo día en que los cuarenta y nueve acusados fueron condenados, el 9 de julio, varios hogares de los testigos de Jehová fueron invadidos por la policía y su literatura bíblica fue confiscada. Unos cuantos días después, cuando centenares de Testigos estaban preparándose para salir a una asamblea bíblica en Francia, les fueron negados pasaportes a unos 150 de ellos. No se dio ninguna razón por ello. ¿Trata de quitar Portugal todas las libertades, aun la libertad de movimiento, de sus ciudadanos?
Esta es una situación peligrosa. Porque cuando las autoridades opresivas comienzan a quitar las libertades de un grupo, solo queda un paso corto para quitar las libertades de otras personas también. Sí, las acusaciones falsas, los arrestos en masa y las encarcelaciones de los testigos de Jehová son una advertencia de que, no solo la libertad religiosa, sino otras libertades acariciadas por ciudadanos portugueses pueden estar en peligro.
LO QUE USTED PUEDE HACER
Aquí se presenta una oportunidad para que usted exprese lo que siente en cuanto a este flagrante aborto de la justicia. Al tiempo de escribir este artículo, los cuarenta y nueve acusados estaban libres, ya que el caso se apeló a un tribunal superior. Pero todos se enfrentan a condenas de prisión, así como a multas que sus medios económicos no les permiten pagarlas. Si estos castigos se hacen cumplir, se realizarán penalidades extremadas. Con los esposos y padres en la prisión, a las familias se les privará de necesario apoyo financiero, y con las madres en la prisión, a los hijos menores se les privará del cuidado y supervisión que éstos necesitan tanto.
Quizás los funcionarios portugueses crean que el trato a los cristianos en su país es asunto de interés particular. No creemos que lo sea, y confiamos en que millones de personas de corazón honrado en Portugal y a través del mundo están preocupadas intensamente sobre lo que les sucede a estos cristianos sinceros en Portugal. Tales personas detestan la persecución de minorías religiosas, y desean presentar su protesta. Si usted es una de esas personas, lo instamos a escribir a los funcionarios portugueses concerniente a este asunto, y a dar a conocer lo que usted siente.
Dirija su protesta al Primer Ministro:
Exmo. Sr.
Prof. Doutor António de Oliveira Salazar
Rua da Imprensa, 8
Lisboa, Portugal
También al Presidente de la República:
Exmo. Sr.
Contra-Almirante Américo Deus Rodrigues Tomás
Rua Almirante António Saldanha, lote 402
Lisboa, Portugal
También al Ministro del Interior:
Exmo. Sr.
Dr. Alfredo Rodrigues dos Santos Júnior
Rua General Sinel de Cordes, 11-2
Lisboa 1, Portugal
También al Ministro de Justicia:
Exmo. Sr.
Prof. Doutor Joäo de Matos Antunes Varela
Avenida António Augusto Aguiar, 27-4 Dt.
Lisboa 1, Portugal
También al Ministro de Relaciones Exteriores:
Exmo. Sr.
Dr. Alberto Marciano Gorjão Franco Nogueira
Largo do Rilvas
Palácio das Necessidades
Lisboa, Portugal
También al Ministro de Estado:
Exmo. Sr.
Dr. António Jorge Martins da Mota Veiga
Rua Castilho, 71-4 Dt.
Lisboa 2, Portugal
También al Director de la Policía Internacional y Defensa del Estado:
Exmo. Sr.
Fernando Eduardo da Silva Pais
Rua António Maria Cardoso, 8
Lisboa 2, Portugal
También al embajador y cónsules de Portugal en su país.
Mi socorro viene de Jehová, Hacedor del cielo y de la tierra.—Sal. 121:2, Mod.