Ponderando las noticias
“Una deuda de gratitud”
● Escribiendo en el “Star” de Toronto, Canadá, del 4 de octubre de 1976, Stuart Shaw menciona el libro “Jehovah’s Witnesses in Canada: Champions of Freedom of Speech and Worship” (Los testigos de Jehová en el Canadá: Paladines de la libertad de palabra y de cultos), por James Penton, profesor asociado de historia en la Universidad de Lethbridge. Shaw explica que el libro considera la intensa persecución que sufrieron los Testigos en ese país de 1939 a 1956, “primero a instancia del gobierno federal y luego a instancia del gobierno de Quebec.” Cuando los testigos de Jehová fueron proscritos en el Canadá el 4 de julio de 1940, dice él: “La explicación oficial del primer ministro Mackenzie King fue una muestra típica de galimatías, de la cual solo surgía una sugerencia de que de alguna manera la secta estaba impidiendo el esfuerzo de guerra.”
Sin embargo, refiriéndose al libro reciente y arrojando alguna luz sobre la causa subyacente, Shaw comenta: “Penton alega de modo convincente, citando correspondencia y documentos oficiales de aquel período, que la verdadera razón fue enteramente diferente. Fuerte presión clerical —de la Iglesia Católica Romana en particular, pero también de algunos clérigos protestantes— se estaba ejerciendo en el gobierno de King para que suprimiera a estos ‘herejes.’”
La proscripción nacional que se les impuso a los Testigos terminó en unos cuantos años, aunque se les continuó persiguiendo. Sin embargo, el buen éxito que finalmente tuvieron en “defender y legalmente establecer las buenas nuevas” benefició a muchos. (Fili. 1:7) Es interesante saber que Shaw hizo el siguiente comentario: “La ley de sedición se ha aclarado de tal modo que ya no se puede usar para molestar a la gente solo por sus creencias religiosas. El poder de los gobiernos provinciales y municipales para hostigar a grupos religiosos ha sido anulado en gran parte.
“La libertad religiosa y la libertad de expresión por lo general están mucho más seguras de lo que lo estaban hace 25 años. Y por ello todos los canadienses —sin importar lo que piensen de la teología de los Testigos— tienen contraída con ellos una deuda de gratitud.”
¿Qué hace al buen ciudadano?
● Recientemente el Tribunal Federal de Apelaciones del Canadá le negó la ciudadanía canadiense a una familia danesa. Sin embargo, el juez George Addy, del tribunal, escribió que “ambos apelantes me impresionaron como personas buenas y honradas con una profunda fe religiosa que traducen en acción en su vida cotidiana. Son miembros del movimiento que se conoce como testigos de Jehová . . . Tanto él como su esposa evidentemente creen con firmeza en la ética del trabajo y nunca se han aprovechado de los beneficios sociales que suministra nuestra sociedad. . . . Sus hijos son excepcionalmente pulcros y alertos y a juzgar por todas las apariencias la familia es una familia modelo.”
Entonces, ¿por qué les negó este mismo juez la ciudadanía? “El único obstáculo a la concesión de la ciudadanía,” escribe Ian Hunter, de la facultad de derecho de la Universidad de Ontario Occidental, fue el hecho de que, al prestar el juramento de lealtad, no quisieron concordar en participar en esfuerzo bélico alguno.
Declara Hunter: “El sabio mundano quizás considere tonto al Sr. Jensen. Otros creerán que es sincero, pero que lo han extraviado. Otros, que es ingenuo. Yo digo, por lo que pueda valer, que considero al Sr. Jensen (a quien no conozco) un santo, cuya posición ejemplifica aquella sabiduría peculiar de los santos que el mundo inevitablemente confunde con locura.”
“Con regularidad concedemos la ciudadanía a malandrines que pronto llenan nuestras cárceles, y a haraganes que [engordan] por nuestro descabellado sistema de beneficencia, y sin embargo castigamos . . . a un hombre de integridad que no quiere participar en la matanza de la guerra. Algo me hace pensar que el Canadá sería más fuerte y más seguro, aun en tiempos de guerra, si se acogiera al Sr. Jensen y su esposa en la compañía de ‘mis conciudadanos canadienses.’”—“Free Press” de London (Ontario) del 28 de agosto de 1976.