Preguntas de los lectores
◼ ¿Puede anularse después de firmada una Declaración de Promesa de Fidelidad?
La pregunta tiene que ver con una provisión que no tiene aplicación en la mayoría de los países. De modo que primeramente veamos de qué se trata ese arreglo solemne provisional.
La Atalaya del 15 de agosto de 1977 trató un problema que existe en algunos países. Aunque Dios permite el divorcio con base bíblica, algunos gobiernos no permiten el divorcio en absoluto. (Mateo 19:9.) O puede que la ley dificulte mucho el obtener un divorcio, quizás exigiendo muchos años para ello. Por lo tanto, ese número de la revista explicó que los testigos de Jehová tienen una concesión que solo aplica en tales países; esta consta de una Declaración de Promesa de Fidelidad. Analice un ejemplo del arreglo:
Cierta señora llega a conocer la verdad cristiana mientras está viviendo (y quizás tenga hijos) con un hombre que ha estado separado por mucho tiempo de su esposa legal. Esta señora interesada en la Biblia es fiel al hombre y desea casarse con él, pero le es imposible porque la ley no le permite a él divorciarse de su esposa legal. Por lo tanto, si los ancianos de la congregación están convencidos de que de otro modo la relación de ella con este hombre le sería aceptable a Dios, le permitirán a ella firmar una Declaración de Promesa de Fidelidad. En esta ella declara que ha hecho todo lo posible para legalizar esta relación; que reconoce ante Dios a lo que la compromete la Declaración; y que promete casarse legalmente tan pronto como le sea posible, terminando así la vigencia de la Declaración que le ha permitido formar parte de la congregación cristiana.
Sin embargo, surge la pregunta: Una vez que ella (o cualquier persona en la misma situación) llega a formar parte de la congregación gracias a esa Declaración, ¿hay algún otro modo de que caduque o que pueda anularse?
La misma Declaración establece que quien la firma ‘reconoce que su relación lo compromete ante Jehová Dios y toda persona, y que ha de apegarse a ella y honrarla completamente de acuerdo con los principios de la Palabra de Dios’. Es, por lo tanto, a los ojos de la congregación, moralmente comprometedora tal como lo es un matrimonio legal. No obstante, la muerte de uno de los que se han unido pone fin a un matrimonio o a la unión hecha por medio de tal Declaración. (Romanos 7:2.) La Biblia también dice que si el cónyuge de alguien es culpable de porneía (inmoralidad sexual fuera de la unión), el cónyuge inocente puede divorciarse. (Mateo 5:32; 19:9.) De igual modo, con la Declaración de Promesa de Fidelidad la inmoralidad de un cónyuge puede servir de base para poner fin a la unión, si así lo decide el cónyuge inocente. El cristiano inocente tendría que presentar a los ancianos prueba de que ha habido infidelidad. Esto pondría fin a la Declaración; desde entonces en adelante el cónyuge inocente quedaría bíblicamente libre.
El reconocer que la congregación considera la Declaración de Promesa de Fidelidad como un compromiso moral de igual validez que un matrimonio legal hace surgir una cuestión relacionada con esto. Esta se presenta cuando se quita lo que ha impedido el matrimonio. Por ejemplo, en el caso de arriba, la esposa legal del hombre pudiera morir o el gobierno pudiera legalizar el divorcio, y el hombre pudiera estar dispuesto a casarse legalmente con la cristiana. En tal caso la hermana no puede continuar bajo la Declaración de Promesa de Fidelidad, aunque la razón sea que le pareciera embarazoso ante otros casarse ahora legalmente, o porque pudiera perder ciertos beneficios materiales. Según la Declaración que firmó, ahora tiene que dar los pasos para legalizar su unión. De otra forma, la congregación invalidaría la Declaración, y ella tendría que separarse de su compañero o ser expulsada.
Pero ¿qué sucede si el hombre incrédulo rehúsa casarse con ella? Cuando ella firmó la Declaración, la congregación consideraba la unión comprometedora y moral. El solo hecho de que la hermana no pueda obligar a su compañero incrédulo a legalizar su unión no hace que esta sea inmoral. Por lo tanto, ella pudiera continuar siendo un cónyuge fiel, sin tener que separarse del incrédulo, aunque debería persistir en sus esfuerzos para que se legalice la unión. (Esto es un ajuste del comentario de “Preguntas de los lectores” del 1 de noviembre de 1985.) (Compárese con Jueces 11:35; Lucas 18:1-5.)
Por supuesto, la situación es diferente si ambas personas firmaron la Declaración y si llegaron a ser cristianos bautizados. En ese caso, ambos se comprometieron solemnemente a un casamiento legal cuando el impedimento gubernamental fuera removido, tiempo en que la Declaración quedaría nula. Están obligados a hacer esto dentro de un período razonable de tiempo, o si no, a separarse para poder permanecer en la congregación. (Compárese con “Preguntas de los lectores” de La Atalaya del 15 de mayo de 1983.) Si se separan, la Declaración que los compromete moralmente continúa en vigencia, de modo que ninguno está libre para unirse a otra persona. (Compárese con 1 Corintios 7:10, 11.)
Aunque el arreglo de la Declaración de Promesa de Fidelidad no aplica en la mayoría de los lugares, este análisis se centra en la norma bíblica que aplica en todo lugar: “Que el matrimonio sea honorable entre todos, y el lecho conyugal sea sin contaminación, porque Dios juzgará a los fornicadores y a los adúlteros”. (Hebreos 13:4.)