Preguntas de los lectores
Jesús dijo: “Si ustedes perdonan los pecados de cualesquiera personas, les quedan perdonados; si retienen los de cualesquiera personas, quedan retenidos”. ¿Significan estas palabras que los cristianos tienen la potestad de perdonar los pecados?
Las Escrituras no suministran base alguna para concluir que los cristianos en general, ni siquiera los ancianos nombrados de las congregaciones, están investidos de autoridad divina para perdonar los pecados. Sin embargo, lo que Jesús dijo a sus discípulos en Juan 20:23, citado arriba, indica que Dios confirió a los apóstoles este poder especial, y puede que sus palabras tengan conexión con lo que dijo en Mateo 18:18 acerca de las sentencias celestiales.
Los cristianos pueden perdonar ciertas ofensas, en conformidad con el consejo del apóstol Pablo en Efesios 4:32: “Háganse bondadosos unos con otros, tiernamente compasivos, y perdónense liberalmente unos a otros, así como Dios también por Cristo liberalmente los perdonó a ustedes”. Pablo se refería aquí a problemas personales entre los cristianos por cosas como la ligereza al hablar. Estos habían de esforzarse por componer los asuntos y perdonarse mutuamente. Recuerde las palabras de Jesús: “Por eso, si estás llevando tu dádiva al altar y allí te acuerdas de que tu hermano tiene algo contra ti, deja tu dádiva allí enfrente del altar, y vete; primero haz las paces con tu hermano, y luego, cuando hayas vuelto, ofrece tu dádiva”. (Mateo 5:23, 24; 1 Pedro 4:8.)
Sin embargo, el contexto de Juan 20:23 sugiere que Jesús se refería a pecados más graves, como lo indican sus palabras complementarias a aquel auditorio específico. Veamos por qué.
El día de su resurrección Jesús se apareció a sus discípulos, que se hallaban reunidos a puerta cerrada en un lugar de Jerusalén. El relato dice: “Jesús, por eso, les dijo otra vez: ‘Tengan paz. Así como el Padre me ha enviado, yo también los envío’. Y después de decir esto, sopló sobre ellos y les dijo: ‘Reciban espíritu santo. Si ustedes perdonan los pecados de cualesquiera personas, les quedan perdonados; si retienen los de cualesquiera personas, quedan retenidos’”. (Juan 20:21-23.)
Con toda probabilidad, los discípulos mencionados eran principalmente los fieles apóstoles. (Compárese con el Jn 20:24 versículo 24.) Al soplar sobre ellos y decirles: “Reciban espíritu santo”, Jesús les anunció de forma simbólica que en breve se derramaría espíritu santo sobre ellos; luego añadió que tendrían autoridad para perdonar los pecados. Es razonable pensar que estas dos declaraciones están entrelazadas, que la una lleva a la otra.
Cincuenta días después de su resurrección, el día de Pentecostés, Jesús derramó espíritu santo. ¿Con qué resultados? Por un lado, los que lo recibieron nacieron de nuevo como hijos espirituales de Dios con la esperanza de gobernar con Cristo en el cielo. (Juan 3:3-5; Romanos 8:15-17; 2 Corintios 1:22.) No obstante, el derramamiento del espíritu logró algo más. Algunos de los beneficiados adquirieron poderes milagrosos: unos podían hablar en lenguas extranjeras que no conocían, otros gozaban del don de profetizar y había quienes podían sanar a los enfermos y resucitar a los muertos. (1 Corintios 12:4-11.)
En vista de que las palabras de Jesús en Juan 20:22 señalaron a este derramamiento de espíritu santo sobre los discípulos, sus palabras inmediatas alusivas al perdón de los pecados parecen significar que a los apóstoles se les confirió la autoridad singular de perdonar o de retener los pecados por permiso divino y mediante la acción del espíritu. (Véase The Watchtower del 1 de marzo de 1949, página 78.)
La Biblia no relata cada una de las ocasiones en que los apóstoles hicieron uso de dicha autoridad, como tampoco recoge todo incidente en que se valieron de un don milagroso para hablar en lenguas, profetizar o sanar. (2 Corintios 12:12; Gálatas 3:5; Hebreos 2:4.)
Un episodio en el que estuvo implicada la autoridad apostólica para perdonar o retener los pecados fue el de Ananías y Safira, que pretendieron engañar al espíritu. Pedro, que había oído lo que Jesús dijo en Juan 20:22, 23, desenmascaró a los dos esposos. Primero se dirigió a Ananías, quien murió en el acto. Luego, cuando entró Safira y continuó con la farsa, pronunció sentencia contra ella. En vez de perdonar su pecado, le dijo: “¡Mira! Los pies de los que enterraron a tu esposo están a la puerta, y te sacarán a ti”. Ella también murió al momento. (Hechos 5:1-11.)
En esta ocasión, el apóstol Pedro ejerció autoridad especial para expresar la retención categórica de un pecado, sabiendo de manera milagrosa que Dios no perdonaría la falta de Ananías y Safira. Parece ser también que los apóstoles poseían perspicacia sobrehumana en los casos en que estaban convencidos de que los pecados habían sido perdonados sobre la base del sacrificio de Cristo. De este modo, los apóstoles, facultados por el espíritu, podían perdonar o retener los pecados.a
La explicación anterior no significa que en aquel entonces todos los ancianos ungidos con espíritu poseyeran dicha autoridad milagrosa. Así lo revelan las palabras del apóstol Pablo sobre el hombre que había sido expulsado de la congregación corintia. No dijo: ‘Absuelvo a tal hombre de su pecado’, ni tampoco: ‘Sé que en el cielo lo han perdonado, así que acéptenlo de nuevo’. Antes bien, exhortó a toda la congregación a perdonar a este cristiano restaurado y mostrarle amor. Añadió: “Cualquier cosa que le perdonen bondadosamente a cualquiera, yo también se la perdono”. (2 Corintios 2:5-11.)
Tan pronto como la congregación restableciera al ofensor, todos los hermanos cristianos podrían perdonarlo en el sentido de no guardarle rencor por lo que había hecho. Pero, primero, tendría que arrepentirse y ser restaurado. ¿De qué manera?
Existen pecados graves, como el robo, la mentira y la inmoralidad crasa, de los que tienen que encargarse los ancianos de la congregación. Estos procuran corregir y censurar a los transgresores a fin de inducirlos al arrepentimiento. Ahora bien, si alguien se obstina en un pecado grave, los ancianos siguen la directriz divina de expulsar al malhechor. (1 Corintios 5:1-5, 11-13.) Las palabras de Jesús de Juan 20:23 no son aplicables en estos casos. Los ancianos no poseen dones milagrosos del espíritu, como la facultad de sanar físicamente a los enfermos o resucitar a los muertos; estos dones cesaron tras haber cumplido su propósito en el siglo I. (1 Corintios 13:8-10.) Además, los ancianos hoy no tienen autoridad divina para perdonar pecados graves en el sentido de pronunciar al ofensor limpio a los ojos de Jehová. Esta clase de perdón tiene que basarse en el sacrificio de rescate, y nadie salvo Jehová puede perdonar sobre esa base. (Salmo 32:5; Mateo 6:9, 12; 1 Juan 1:9.)
Como en el caso del ofensor de la antigua Corinto, cuando un pecador desvergonzado rehúsa arrepentirse, debe ser expulsado. Si más tarde se arrepiente y produce obras propias del arrepentimiento, puede obtener el perdón divino. (Hechos 26:20.) En tal situación, las Escrituras dan a los ancianos razón para creer que Jehová en verdad ha perdonado al culpable. Entonces, una vez se le ha restablecido, pueden ayudarlo espiritualmente a fortalecerse en la fe. Los demás miembros de la congregación pueden perdonarlo del mismo modo que los cristianos corintios perdonaron al hombre expulsado que fue restaurado.
Al proceder de esta manera, los ancianos no establecen sus propias normas judiciales, sino que aplican los principios bíblicos y siguen detenidamente los procedimientos trazados por Jehová en las Escrituras. Por lo tanto, cualquier perdón que otorguen o rehúsen otorgar será en el sentido de lo que Jesús dijo en Mateo 18:18: “En verdad les digo: Cualesquiera cosas que aten sobre la tierra serán cosas atadas en el cielo, y cualesquiera cosas que desaten sobre la tierra serán cosas desatadas en el cielo”. Sus actos simplemente reflejarían el punto de vista de Jehová sobre los asuntos así como los presenta la Biblia.
Por lo tanto, las palabras de Jesús recogidas en Juan 20:23 no contradicen el resto de las Escrituras; más bien, indican que los apóstoles recibieron autorización especial tocante al perdón, en armonía con la función especial que desempeñaron durante la infancia de la congregación cristiana.
[Nota]
a Aun antes de que Jesús muriera para rescatarnos, tenía autoridad para declarar que los pecados de una persona quedaban perdonados. (Mateo 9:2-6; compárese con “Preguntas de los lectores” de La Atalaya del 1 de junio de 1995.)